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Acueducto sí podrá extraer agua de los ríos Bogotá y Teusacá

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó a la CAR suspender la decisión que no lo permitía.

10 de junio de 2009 - 06:00 p. m.
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Desde el martes, en horas de la tarde, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca hizo llegar a la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) y a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB) el fallo con el que ordenaba a la primera suspender la decisión que obligaría a la segunda a dejar de sacar agua de los ríos Bogotá y Teusacá.

El Tribunal resolvió así  una tutela interpuesta por el Acueducto  el pasado 14 de mayo, tal y como lo informó este diario, en respuesta a la orden de la CAR, pues de proceder como ordenaba el ente ambiental habría que cortar el servicio del acueducto en las localidades de Fontibón, Suba, Bosa, Engativá y Kennedy, y en varios municipios aledaños a la capital, llegando a una suma aproximada de 2,5 millones de afectados. Ante semejante alarma, la Procuraduría General de la Nación envió una petición formal a la autoridad ambiental para que levantara las sanciones y otorgara un plazo de 15 días al Acueducto para cumplir con los requerimientos.

La sanción de la CAR tenía su sustento en que la captación de agua efectuada por el Acueducto se realizaba de forma ilegal, al igual que la descarga en el río Bogotá de algunos desechos contaminantes. La autoridad ambiental denunció la situación y aseguró que la EAAB no había entregado los documentos necesarios para hacer formal una concesión para sacar agua, mientras que, por otra parte, el Acueducto declaraba su intención de cumplir con los requisitos e insinuaba lentitud de la CAR para exponer los trámites a seguir.

A pesar de que el fallo se entregó desde el martes, aún no ha sido notificado, pues todavía resta hacer la revisión de los salvamentos de voto de algunos jueces, trámite que requerirá dos a tres días. Sin embargo, en el documento entregado a cada una de las partes queda claro que  la decisión se sustentó en el derecho fundamental a la vida y al agua. Asimismo, la determinación del Tribunal ordena a la CAR tramitar los cobros por captación de agua al Acueducto en las 48 horas siguientes a su notificación, el mismo plazo que se otorgará a la EAAB para pagar cuando el cobro se efectúe.

El representante legal del Acueducto en este caso, Carlos Medellín, se mostró complacido con el fallo y aseguró que la EAAB se puso al día con los documentos solicitados por la autoridad ambiental.

El director de la CAR, Édgar Alfonso Bejarano, declaró “acoger responsablemente lo ordenado por el fallo” y mostró su satisfacción al saber que el Acueducto tramitará legalmente la concesión pora extraer agua.

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