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Aprueban año sabático remunerado para docentes en Bogotá

La idea es que en ese tiempo desarrollen proyectos de preparación, investigación e innovación.

27 de agosto de 2015 - 03:53 p. m.
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Con 32 votos a favor y ocho en contra fue aprobado en segundo debate un proyecto de acuerdo que establece como estímulo el año sabático para docentes y docentes directivos de reconocida trayectoria académica de la planta de personal de carrera de la Secretaría de Educación.

La iniciativa, de autoría los concejales Celio Nieves Herrera y Álvaro José Argote Muñoz, determina por estímulo el año sabático un periodo remunerado de doce meses calendario en el que el docente o directivo se separa de sus obligaciones laborales con el fin exclusivo de desarrollar proyectos de preparación, investigación e innovación en pedagogía y docencia.

Este estímulo se conferirá anualmente, por una sola vez, a aquellos docentes o directivos que certifiquen una vinculación mínima de diez años al servicio de la Secretaría de Educación, que presenten proyectos de innovación e investigación educativas pertinentes y de interés institucional. Estos docentes y directivos no deben registrar sanciones disciplinarias vigentes al momento de conferir dicho estímulo.

El docente o directivo seleccionado deberá al reintegro del año sabático presentar un informe sobre sus actividades académicas, de investigación y de formación realizadas a la Secretaría de Educación, con el fin de analizar el impacto pedagógico y hacerle seguimiento a los resultados obtenidos en la Institución Educativa en que labore dicho profesional.

Se entiende por año sabático un periodo de doce meses consecutivos en los cuales una persona se libera voluntariamente de sus actividades laborales o académicas con el fin de dedicarse a intereses personales como viajar, descansar, disfrutar de la familia o desarrollar una actividad personal o investigativa.

Durante el año sabático el docente podrá dedicarse a la investigación, a la preparación de libros y de material didáctico, a la realización de actividades en el marco de convenios o programas interinstitucionales ofrecidos nacionales o internacionales, a la creación artística, a la realización de pasantías, y a otras actividades académicas.

“La falta de claridad conceptual sobre esta modalidad académica ha provocado muchas desviaciones, desde la no-aplicación de este precepto, por entenderlo como exótico o en el mejor de los casos inaplicable”, dice el proyecto de acuerdo que cursó desde hace ocho años en el Concejo y que ya tiene el visto bueno.
 

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