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Esta es la costosa multa por no cumplir el Día sin carro y sin Moto en Bogotá

El Código Nacional de Tránsito contempla una multa para aquellos que incumplan con la jornada. Conozca cuál sería la infracción y lo que debe pagar si no acata la norma.

21 de septiembre de 2023 - 09:46 a. m.
La jornada del Día sin carro y sin moto terminará a las 9:00 p. m. (Imagen de referencia)
Foto: Gustavo Torrijos Zuluaga
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En el marco del Día Mundial sin Automóvil, este jueves 21 de septiembre se está llevando a cabo una nueva jornada de Día sin carro y sin moto en Bogotá. Desde las 5:00 a. m. y hasta las 9:00 p. m, no podrá circular ningún vehículo particular.

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Inicialmente, esta jornada se iba a realizar el viernes 22 de septiembre; sin embargo, luego de escuchar sugerencias de agremiaciones como Asobares, Fenalco y centros comerciales, quienes señalaron que gran porcentaje de sus ingresos se da los días viernes, la Alcaldía optó por cambiar la fecha.

“Pensando en la economía y apoyando la movilidad sostenible de la ciudad, hemos decidido hacer nuestra jornada de Día sin Carro y sin Moto el jueves 21 de septiembre, alineando completamente los mensajes de una Bogotá sostenible y la reactivación económica que tanto necesita la ciudad”, mencionó Deyanira Ávila, secretaria de Movilidad.

La jornada del Día sin Carro y sin Moto se realiza con el propósito de promover la movilidad sostenible en la ciudadanía, para que las personas opten por opciones como la bicicleta y el transporte público. Esta medida es obligatoria para todos los habitantes de la capital y maneja una serie de excepciones, por lo que aquellos que no cumplan con la norma, serán multados por las autoridades.

Y es que de acuerdo con el Distrito, se espera que hoy dejen de circular más de 1.850.000 vehículos particulares y 430.000 motos, lo que reduciría las emisiones de material particulado y la huella de carbono que producen los combustibles fósiles.

Vea: En fotos: así se vive el Día sin Carro y sin Moto en Bogotá

Por lo tanto, debe tener en cuenta que, si usted decide circular con su carro, moto o cualquier otro vehículo que no entre dentro de las excepciones, debe asumir la sanción.

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Según el Código Nacional de Tránsito, esta multa está estipulada en la infracción C.14: “Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente”. Por lo que el incumplimiento de esta disposición acarrea una multa de $522.900, además de la inmovilización del vehículo.

¿Quiénes NO pueden circular?

¿Quiénes SÍ pueden circular?

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