En un esfuerzo porque se le ponga punto final a la controversia alrededor del comercio de comida en el espacio público, suscitada por el comparendo impuesto a un joven por comprar una empanda en una calle, este viernes la Personería de Bogotá instó a que el caso sea priorizado por la Inspección de Policía de Barrios Unidos, organismo llamado a resolver la impugnación y definir si fue o no una interpretación desmedida de los uniformados sancionar este comportamiento.
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El organismo pidió a la Policía que la audiencia por este caso se realice en el menor tiempo posible, pues constató que este tipo de procesos por comparendos se están programando en tiempos de hasta ocho meses después de imponer la medida correctiva. El caso responde a la multa de $834.000 impuesta a Steven Claros, un joven de 22 años, que fue sancionado por la compra de una empanada en el espacio público.
De esta manera, el ente de control busca que se realice el debido proceso y precisa que, si bien Claros ya canceló el valor del comparendo que fue impuesto el 11 de febrero, tenga el derecho de impugnar, solicitar que se revoque la medida y le devuelvan el dinero que pagó. Así mismo, la entidad manifestó que Ministerio Público Distrital acompañará la diligencia de apelación.
En línea con lo dicho por la ministra de Justicia, la Personería manifestó que fue «una interpretación desmedida del personal de la Policía», el hecho de imponer un comparendo por comprar comida en la calle.
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Por otro lado, en seguimiento a la implementación del Código de Policía, le ha advertido al Distrito sobre la falta de orientación al ciudadano por parte de los policías, así como la mora en el reparto de los comparendos a los inspectores, la falta de recurso humano, espacios físicos y tecnológicos y en general fallas en toda la logística que implica poner en marcha la norma.
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«Aún falta mucha pedagogía sobre la norma, por lo que se solicita a la administración emprender campañas para difundir el Código, incluidas las autoridades», resaltó el ente de control.
La Personería asegura que el agente de Policía tiene la obligación de informar a la persona sobre su derecho a apelar y dejar consignado en el formato del comparendo, si se hará o no uso de este recurso. Así, el inspector de Policía pondera y valora los hechos de manera verbal con el ciudadano para poder tomar la decisión de imponer o no la medida correctiva.
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