La protesta, si bien no es un cese total de actividades, implica la realización de lo que denominan “operación tortuga”, que no es otra cosa que trabajar lentamente.
Orlando Herrera, director del Sindicato Nacional de Choferes, explicó que la discusión se centra en dos argumentos. El primero tiene que ver con la insistencia del Distrito en el cobro de los comparendos que tienen más de tres años de imposición. De acuerdo con Herrera, el Código Nacional de Tránsito establece que pasado este término, la sanción queda anulada; pero el Distrito, invocando el estatuto tributario, argumenta que la fecha de caducidad es de cinco años.
El segundo punto está relacionado con lo que el dirigente sindical denominó la “falta de garantías para la defensa de un chofer a la hora de recibir un comparendo: los procesos administrativos de la Secretaría no permiten que el conductor se defienda adecuadamente ya que una multa de tránsito es una apreciación subjetiva de un agente de Policía, que depende de su estado de ánimo, entre otras cosas”.
Al ser preguntado acerca de la responsabilidad de los conductores en el no pago de un comparendo durante tres años, Herrera admitió que puede que los choferes sí tengan alguna culpa en este proceso, pero que es trabajo del Distrito cobrar efectivamente las sanciones que imparte.