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Prueba de fuego para el Acuerdo de Paz

La detención pone a prueba la institucionalidad creada en La Habana. La Sala de Revisión de la JEP tendrá que determinar si pierde los beneficios y podría ser extraditado. Hay duda sobre la “silla vacía”.

10 de abril de 2018 - 10:19 p. m.
Victoria Sandino e Iván Márquez, voceros de la FARC, insistieron ayer que todo se trata de un montaje. / EFE
Foto: EFE - Leonardo Muñoz
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Desde que se firmó el Acuerdo para la Terminación del Conflicto Armado, en 2016, su implementación ha enfrentado toda suerte de dificultades. Desde el triunfo del No en el plebiscito, pasando por el incumplimiento del cronograma pactado hasta el día D+180 y la excarcelación de los miembros de las Farc, hasta la dejación de las armas. Pero también fueron traumáticas las transformaciones normativas hechas por el Congreso y la Corte Constitucional a lo pactado en La Habana, el surgimiento de disidencias, las demoras para entregarle al nuevo partido político los recursos para hacer campaña y la falta de transparencia en el manejo de los dineros del posconflicto. Todo ello, sumado a la captura de Jesús Santrich, uno de los líderes de la organización, el pasado lunes.

Bien lo dijo el alto comisionado para la paz, Rodrigo Rivera: la institucionalidad creada en Cuba enfrenta una verdadera prueba de fuego. Y es que el arresto con fines de extradición de uno de los más importantes dirigentes de la exguerrilla ambienta la desconfianza en lo firmado y puede producir una deserción de enormes proporciones. No es un secreto que para la mayoría de jefes de la hoy llamada Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común (FARC), el fantasma de la extradición es un miedo con el que no quieren convivir.

Pero, además, en el interior de las filas se acrecienta la desconfianza en la institucionalidad a la que se sometieron. Muestra de esto es que la reacción del Consejo Político Nacional de la FARC ante la captura de Santrich, fue calificándola como un “montaje judicial” que puede conducir al fracaso de la paz, y cuyo objetivo es “forzar una desbandada del proceso para justificar la violencia”. Aun así, la exguerrilla llamó a sus bases a guardar la calma y mantener el cumplimiento de la palabra empeñada, a la vez que han exhortado al presidente Juan Manuel Santos y a la Presidencia de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) para que asuman lo pactado y preserven los esfuerzos de paz.

Según el Acuerdo, es la JEP la encargada de determinar si las acusaciones contra Santrich dan pie a que sea excluido de la justicia transicional y, por consiguiente, de los beneficios que de ésta se derivan, así como de si su suerte es la justicia ordinaria colombiana o la extradición a Estados Unidos. Patricia Linares, presidenta de la JEP, aseguró que Santrich firmó el acta de sometimiento, por lo que, “de acuerdo con el artículo 19 transitorio del Acto Legislativo 01 de 2017 (norma constitucional que fija las definiciones y los alcances de dicha jurisdicción), le corresponde a la Sala de Revisión ocuparse y verificar su situación legal”.

Para el gran jurado de la Corte del Distrito Sur de Nueva York, que emitió la orden de captura, no hay duda en que los hechos ocurrieron después de la firma del Acuerdo (entre junio de 2017 y abril de este año) y que, por esta razón, debe ser extraditado. El Acto Legislativo 01 de 2017 expuso con claridad que todos los delitos que cometieran los exguerrilleros después de la firma debían ir a la justicia ordinaria. Pero, así como fue de claro en establecer qué casos se quedaban en la JEP y cuáles no, la norma no es precisa a la hora de definir qué ocurría si se emitía una orden de captura internacional y si era necesario consultarle a la JEP, antes de realizar el procedimiento judicial.

Al respecto, abogados expertos que han estudiado el Acto Legislativo explicaron que se trata de un vacío jurídico que da pie a una serie de interpretaciones, todas ellas diferentes. Por un lado, están quienes aseguran que la captura se realizó siguiendo todos los protocolos aprobados, pues lo que importaba era que Santrich no pudiera fugarse cuando se enterara de la decisión de la Corte de Nueva York. Sin embargo, otro grupo de juristas aseguran que el operativo fue un error de la Fiscalía, pues la norma es clara al afirmar que la Sala de Revisión de la JEP es la encargada de decidir, después de una investigación interna, si el caso debe ser asumido por la justicia ordinaria o por el sistema especial.

“La Fiscalía se saltó un proceso que fue aprobado en el Acto Legislativo y que ahora es parte de nuestra Constitución. Seguramente querían que el sujeto del proceso estuviera bajo su custodia. Pero lo que es claro es que la JEP ha debido darle luz verde a esa orden de captura internacional”, explicó un abogado que ha seguido de cerca la implementación del Acuerdo. Hay otros expertos que hacen una interpretación más arriesgada y aseguran que todas las órdenes de capturas con fines de extradición quedaban suspendidas con la firma de la paz: “Que la Fiscalía haya incumplido este pacto es una estocada al proceso”, dicen.

“Seguramente, además de la presión que tenía el ente investigador de no dejar que Santrich se fugara, tenía también una influencia política encima y por eso terminan capturándolo, aun cuando la JEP ha debido resolver la situación”, puntualizó un abogado experto en el proceso de paz colombiano. Hasta ahora, el fiscal Néstor Humberto Martínez no se ha pronunciado sobre si le va a enviar el expediente completo a la Sala de Revisión. Y otro de los grandes problemas es que todavía no hay un Código de Procedimiento que puedan seguir los magistrados de la JEP para saber si le piden a la Fiscalía los documentos, o esperan a que la entidad se los envíe de manera voluntaria. En este caso, señalaron fuentes consultadas por este diario, la defensa de Santrich podría presentar una tutela para que el ente investigador le entregue el caso a la JEP.

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“Este podría ser el comienzo del fin del Acuerdo de Paz. Si la justicia ordinaria y la institucionalidad no son capaces de respetar lo que ya ha aprobado la Corte Constitucional, y además ya forma parte de la Constitución, lo más natural es que el Acuerdo se acabe”, agregó un jurista que asesoró al Gobierno en La Habana. En este caso, hay quienes tienen una mirada más optimista, pues consideran que existen normas vigentes que podrían guiar a la JEP a resolver el asunto sin mayores sobresaltos.

Abogados que conocen bien cómo avanza el arranque de labores dentro de la justicia especial le explicaron a El Espectador que en la Sala de Revisión ya conocen el tema y que no es la primera vez que se presenta una confusión así con la Fiscalía. Por esta razón, los magistrados ya han estado discutiendo el paso a seguir e incluso, han hablado de emitir un protocolo oficial para estas situaciones. Sin embargo, todavía no está claro. “Hubiera sido ideal que la Fiscalía le hubiera consultado a la JEP antes de realizar la captura. La clave para que el sistema especial funcione es que trabajemos de la mano con las demás entidades del Estado. Si el trabajo se va a convertir en un constante choque de trenes con la Fiscalía, va a ser imposible tener justicia y verdad”, puntualizó la fuente.

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Y hay otra arista clave: “Hemos hablado de las implicaciones del Acto Legislativo 01 de 2017, pero no nos hemos detenido a pensar en qué pasa si extraditamos a este exjefe guerrillero. ¿Acaso no tiene investigaciones en Colombia por otros hechos? ¿Si se va a Estados Unidos vamos a perder su aporte a la verdad y reparación de las víctimas, como pasó con paramilitares? Creo que debemos analizar el caso con cabeza fría y recordar que la prioridad es la verdad, justicia, reparación y no repetición”, agregó un abogado cercano a la JEP.

Ante las diferentes interpretaciones, la FARC solicitó el acompañamiento de la Misión de Paz de la ONU y pidió a las autoridades dar a conocer cuanto antes la pruebas que sirvieron para adelantar el proceso judicial y la captura de Santrich. Su abogado, Gustavo Gallardo, señaló que “la Fiscalía no tiene una investigación seria. ¿Por qué no ha realizado un proceso judicial en Colombia? No hay ni un proceso contra él y, a partir de eso, empezamos nosotros a evidenciar que eso es un montaje y que efectivamente esas pruebas son un acervo probatorio totalmente mentiroso, ilegal y descontextualizado”. Y agregó: “La extradición tiene unas formalidades: una nota diplomática mediante la cual se hace el proceso y la Fiscalía hace la orden de captura. Después se lleva ese proceso ante la Corte Suprema de Justicia, pero aquí nada de eso ha pasado. Simplemente lo que hay es una captura con base en una orden internacional, no hay pruebas ”.

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Frente a este tema, el propio comisionado Rivera expuso que la captura de Santrich “no fue una decisión tomada por el presidente Santos ni por el fiscal general, sino por la Corte del Distrito Sur de Nueva York”. Y que, sin duda, esta situación pone a prueba las instituciones creadas en La Habana. “El Gobierno ha garantizado que habrá respeto por el debido proceso, por el derecho a la defensa. Ellos tendrán la oportunidad de concurrir ante la JEP y será está quien decida si estos hechos son delitos que se cometieron después de la firma del Acuerdo de Paz”.

Por otra parte, la detención del dirigente de la FARC abrió el debate sobre si en este caso se aplica la figura de la “silla vacía” en la curul que le correspondía, de las cinco que el Acuerdo estableció en la Cámara de Representantes. El debate apenas empieza, pues no existe jurisprudencia al respecto y lo que hay es un vacío que la normatividad no previó sobre el régimen que rige estas curules transitorias.

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Unos piensan que se le debe aplicar el mismo régimen que a todos los demás partidos políticos, por lo que piden que se cumpla la “silla vacía”; otros que tendrá que ser el Consejo de Estado el que, a través de una consulta, defina qué ocurre en este caso; y hay quienes consideran que al tratarse de unas curules otorgadas con el fin de cumplir con una representación pactada en el Acuerdo, la FARC debe nombrar un reemplazante. Para el caso, el comisionado Rivera adelantó que habrá que esperar a que se instale el nuevo Congreso para que la mesa directiva de la Cámara sea la que determine qué ocurrirá con la curul de Santrich. De manera que por ahora el resultado de la captura del exjefe guerrillero ha desatado una serie de interrogantes y la respuesta se derivará de cuáles son las pruebas que se tienen en su contra y cómo funcionará efectivamente la arquitectura institucional que produjo el Acuerdo de Paz.

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