Su fórmula quedó consignada en el decreto 2044 del 19 de septiembre de 2013, al cual tuvo acceso El Espectador (ver facsímil). En él se establece que las compañías interesadas en renovar su concesión deben manifestar su interés con al menos tres meses de anterioridad al vencimiento, además de haber cumplido con los planes mínimos de expansión y explotación del espectro radioeléctrico, haber hecho un uso eficiente de este recurso, estar cumpliendo con las obligaciones del contrato original y no encontrarse inhabilitados.
Uno de sus apartes más polémicos es el artículo tercero, con el que se arroga el poder de establecer “nuevas condiciones u obligaciones razonables” a la industria, en especial en cuestiones como la ampliación mínima de cobertura, requisitos de calidad y conectividad de las instituciones públicas.
“Aún falta esperar la interpretación oficial, pero como está consignado, se puede interpretar que el Gobierno podría cambiar las reglas del juego para las compañías que obtuvieron la licencia para implementar redes de 4G”, comentó un analista del sector que pidió la reserva de su nombre.
Por último, y a través de un parágrafo transitorio, el documento establece que el Ministerio espera obtener el texto final de la sentencia C-555 de 2013, de la Corte Constitucional, con el que se ordena a Claro y Movistar devolver su infraestructura de hace 20 años, para calcular las liquidaciones.