Alrededor de 170 mil comunicaciones entregó la Dian a igual número de contribuyentes. que en los últimos dos años han omitido su obligación de declarar y en la mayoría de los casos pagar el impuesto de renta, correspondiente a los años gravables 2006 y 2007.
Son ciudadanos que en teoría y seguramente en la práctica deberán cumplir la obligación liquidándose la sanción de extemporaneidad e intereses de mora por el incumplimiento registrado, dice el comunicado de la Dian.
La información, altamente confiable, la obtuvo la Dian de más de 150 mil fuentes informativas que len ha aportado en los últimos años más de 250 millones de datos, los cuales permitieron determinar ese número de omisos que de mantener esta condición podrían recibir una liquidación de su impuesto elaborada por la propia Entidad y exponerse a medidas cautelares posteriormente, si mantiene su condición.
Para evitar que ello suceda, la Dian elaboró una carta donde invita a los ciudadanos para que se pongan al día en el menor tiempo posible.
La carta que envió a los ciudadanos los invita a "verificar los conceptos y topes de ingresos, patrimonio, consumos mediante tarjeta de crédito, compras y adquisiciones, consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, que obligan a presentar la declaración de Renta y Complementarios por el año gravable 2006 y 2007".
Asegura que "para el cumplimiento de esta obligación deben tener en cuenta: actualizar o inscribirse en el Registro Único Tributario ( RUT) utilizar el formulario de declaración que le corresponde, así: 210 para las personas naturales, sucesiones ilíquidas, o asimiladas no obligadas a llevar libros de contabilidad, o 110 para las personas naturales, sucesiones ilíquidas, o asimiladas obligadas a llevar libros de contabilidad".
Recuerda la Dian que si "está obligado a presentar su declaración de renta a través de los servicios informáticos electrónicos utilizando el mecanismo de firma digital, no puede presentar su declaración en formulario litográfico, pues se considera como no presentada. Igualmente que se liquiden la sanción por extemporaneidad de que trata el artículo 641 del Estatuto Tributario y los correspondientes intereses moratorios".
Para cualquier inquietud, puede comunicarse a la Línea única nacional 019001115462 fuera de Bogotá y en Bogotá al Contact Center 5462200, de lunes a sábado de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. donde encontrará orientación y mayor información. Así mismo recibirá atención personalizada en la sede de la Dirección Seccional o en los puntos de ConTacto de la DIAN a nivel nacional (Consulte el portal de la DIAN www.dian.gov.co/Contáctenos/PuntosdeConTactoDIAN), revela la entidad recaudadora.
La DIAN anticipó que a la misma situación se exponen las personas obligadas a declarar renta por el año gravable 2008 y cuyos vencimientos terminan hoy para los números de cédula terminados en 01 a 05.
Cae israelí en Eldorado
Un ciudadano israelí fue detenido en el aeropuerto internacional Eldorado de Bogotá, con 258,200 dólares que no declaró a su ingreso al país, desde Panamá, informó la Dian.
Al ser requerido por los funcionarios de la Dian sobre si portaba consigo más de los 10 mil dólares en efectivo permitidos o su equivalente en otras monedas, el extranjero lo negó. Una vez en la banda de revisión de equipajes fue descubierta dentro de un maletín negro, una carpeta que contenía varias revistas, y entre sus hojas, los billetes, revela el comunicado.
Los dólares retenidos ascienden a 527.670.430 pesos, destacó la Dian. El extranjero, que tenía como destino final a Medellín, quedó a disposición de las autoridades competentes que procedieron a su judicialización.
El balance global del primer semestre del año indica que la Dian ha retenido en Colombia divisas por 5.719.697 dólares (incluye otras monedas convertidas a dólar).