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Confirman cárcel por omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes

La Corte Constitucional declaró Exequibles los artículos que fortalecen los tipos penales de la ley 2277 de 2022. Se logrará evitar el daño que los evasores le causan al recaudo tributario, dice el director de la DIAN.

06 de febrero de 2024 - 10:32 p. m.
La DIAN tendrá más dientes para luchar contra la omisión de bienes.
Foto: Analdex
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La Corte Constitucional declaró exequible los artículos que fortalecen los tipos penales de la ley 2277 de 2022 o reforma tributaria llevada al Congreso por la administración Petro.

La información fue revelada por el director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Luis Carlos Reyes. El anuncio fue dado a conocer en la red social X.

“Buenas noticias. Habrá cárcel por omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes. La Corte Constitucional declaró Exequibles los artículos que fortalecen los tipos penales de la ley 2277 de 2022. Se logrará evitar el daño que los evasores le causan al recaudo tributario”, dice Reyes en su cuenta X antes conocida como Twitter.

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La norma dice que cuando un contribuyente incurra en una omisión de activos y ocultamiento de pasivos será sancionado de acuerdo con los artículos 647 y 648 del Estatuto Tributario.

La reforma tributaria que le aprobó el Congreso al presidente Petro ha venido siendo desajustada por la Corte Constitucional al declarar inexequible algunos artículos como el de la liquidación de las regalías que le resta al gobierno un importante ingreso fiscal.

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Sin embargo, el Alto Tribunal constitucional le abrió la puerta al gobierno para que presente argumentos para hacer efectivo ese artículo.

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