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Empleadores que hayan creado nuevos puestos podrán acceder a subsidio

Podrán aplicar los empleadores que hayan aumentado sus nóminas y que estén al día en el pago de salarios y aportes a la seguridad social de sus trabajadores. Estos son los requisitos.

18 de noviembre de 2021 - 06:44 p. m.
Las entidades financieras estarán recibiendo de forma presencial o virtual las solicitudes de los empleadores.
Foto: Agencia Bloomberg
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A partir de mañana, 19 de noviembre, los empleadores que hayan vinculado a nuevos trabajadores en sus empresas frente a los que tenían en marzo de 2021 podrán postularse para acceder a un apoyo económico del Gobierno.

Hasta el 25 de noviembre, las entidades financieras estarán recibiendo de forma presencial o virtual las solicitudes de los empleadores que cumplan con los requisitos del incentivo. Estos serán asignados de la siguiente forma:

Cabe recordar que los recursos del incentivo se entregan exclusivamente a los empleadores como un subsidio a los costos laborales mensuales.

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“Este incentivo a la creación de empleo no sólo beneficiará a jóvenes, mujeres y hombres, sino que con su ingreso a las empresas reactivarán la producción y contribuirán al crecimiento económico que requiere el país”, señaló el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera.

¿Quiénes pueden postularse?

El Gobierno aclaró que pueden inscribirse empresas de todos los tamaños y sectores económicos sin restricción alguna. Esto incluye:

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¿Qué requisitos debe cumplir?

La cartera de Trabajo indicó que los postulantes deben cumplir ciertas pautas:

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1. Haber vinculado trabajadores adicionales, de manera formal, a sus nóminas en comparación con lo registrado en PILA a marzo de 2021.

2. Tener un producto de depósito en una entidad financiera.

3. Estar al día en el pago de salarios y aportes al sistema de la protección social en todos los trabajadores.

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4. No tener una participación de la nación o sus entidades descentralizadas mayor al 50 % de su capital.

5. Si es persona natural empleadora, no puede ser una persona expuesta políticamente (PEP).

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6. Si es una cooperativa, debe estar registrada en la Cámara de Comercio de su domicilio principal.

¿Qué documentos se requieren?

1. Formulario de postulación diligenciado y firmado por el representante legal, la persona natural empleadora o el promotor o liquidador, si la empresa postulante está en reestructuración o liquidación.

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2. Certificación firmada por la persona natural empleadora, o representante legal y el revisor fiscal o contador público, que señale:

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