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Embargo de cesantías: en qué casos sucede, de cuánto es y cómo saber si me las quitan

Le contamos cuál es la fecha límite de consignación, los casos en los que se puede retirar el dinero y en qué casos un juez puede embargarlo.

31 de enero de 2026 - 09:35 a. m.
Imagen de referencia.
Foto: Getty Images
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Los trabajadores tienen derecho a que se les pague un salario mensual por cada año trabajado, o un monto proporcional si el período fue menor a 12 meses, como cesantías. Este dinero se cotiza en el fondo elegido por el empleado.

La consignación de esta prestación social que funciona como un ahorro podrá verse reflejada, a más tardar, el 14 de febrero. Ese es el plazo máximo que tienen los empleadores para consignarlas al fondo de cesantías correspondiente.

Hoy, 31 de enero, es la fecha límite de los empleadores para consignarle a los trabajadores los intereses de las cesantías. Se trata de los rendimientos y ganancias que deja esta prestación social.

Condiciones para retirar las cesantías

Aunque es un ahorro del trabajador, no puede hacer uso de él en cualquier momento. Las cesantías se crearon como un respaldo para cuando los empleados se queden sin trabajo, principalmente. El objetivo es que les permitiera solventar sus gastos mientras logran reincorporarse al mundo laboral.

Pero también es posible hacer uso del dinero para la compra o mejora de vivienda y para invertir en la educación propia o de los cercanos.

¿Se pueden embargar las cesantías?

El embargo consiste en una orden expedida por un juez en la que establece que se retienen las cesantías a favor de una persona, empresa o cooperativa.

Según la ley, el monto del embargo puede ser de hasta un 50 %, por varios conceptos. No obstante, es posible que una orden judicial solicita el embargo del 100 %, de acuerdo con el administrador de fondos Porvenir.

Estas son las razones que pueden dar lugar al embargo de este ahorro, según el administrador de fondos Protección:

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