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Las sanciones por no renovar la matrícula mercantil: se acabó el plazo

El plazo para renovar la matrícula mercantil era hasta el 31 de marzo de 2025, si no la renovó, conozca las sanciones que esto conlleva.

01 de abril de 2025 - 06:46 p. m.
El plazo para renovar la matrícula mercantil era hasta el 31 de marzo de 2025, si no la renovó, conozca las sanciones que esto conlleva.
Foto: Web
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La matrícula mercantil es un requisito esencial para que todas las empresas y comerciantes en Colombia puedan operar legalmente y gocen de los beneficios que ofrece el registro en las Cámaras de Comercio. Su renovación anual, antes del 31 de marzo, es obligatoria y se debe realizar dentro de los espacios establecidos por la ley. Si no llega a cumplir con esta obligación, puede tener diversas sanciones y consecuencias legales que le contaremos a continuación.

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¿Cuál es la multa por no renovar la matrícula mercantil?

Según lo informado por la página oficial de la Ventanilla única empresarial del Gobierno de Colombia, El incumplimiento en la renovación de la matrícula mercantil puede resultar en multas impuestas por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). Según el numeral 5 del artículo 11 del Decreto 2153 de 1992, estas sanciones pueden llegar alcanzar hasta diecisiete (17) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV). Para el año 2025, considerando que un SMMLV es de $1.423.500 a la fecha, la multa podría ascender hasta $24.199.000

¿Qué implica no renovar la matrícula mercantil?

Además de las sanciones económicas, no renovar la matrícula mercantil puede traer consigo:

La depuración del Registro Único Empresarial y Social (RUES)

Según la Ley 1727 de 2014, la cual establece que las Cámaras de Comercio deben depurar anualmente el RUES. Si una empresa no renueva su matrícula mercantil durante cinco (5) años consecutivos.

Esta medida lo que busca es mantener actualizada la base de datos empresarial y asegurar que solo las entidades activas permanezcan registradas.

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La renovación a tiempo de la matrícula mercantil es esencial para poder cumplir con lo que son las obligaciones legales y la continuidad de las operaciones comerciales en Colombia. No hacerlo puede generar sanciones económicas significativas, pérdida de beneficios y la disolución o cancelación de la entidad comercial.

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