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Sanción por extemporaneidad: ¿de cuánto es la multa por no declarar renta?

Declarar dentro de los plazos evita multas; hacerlo tarde implica sanciones fijas, intereses y hasta problemas legales.

28 de agosto de 2025 - 11:29 a. m.
El tope de ingresos para declarar renta es de $69,7 millones.
Foto: Getty Images - beast01
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Declarar tarde la renta puede salir caro. En 2025, la sanción mínima que impone la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) por extemporaneidad —es decir, presentar la declaración después del plazo oficial— asciende a $498.000.

Pero no es el único costo, ya que si en la declaración hay un saldo pendiente, también corren intereses de mora sobre lo adeudado. Así lo explicó a este diario Liliana Heredia, directora de tributación del Observatorio Fiscal y profesora de la Javeriana Cali, quien además entregó claves prácticas para evitar dolores de cabeza con la DIAN.

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¿Cómo consultar la declaración sugerida?

Actualmente, el calendario para la declaración de personas naturales va del 12 de agosto al 24 de octubre de 2025, dependiendo de los dos últimos dígitos de su cédula o NIT.

Hay que decir que no todos los colombianos están obligados a declarar: solo quienes superen topes de ingresos de $69,7 millones, consumos con tarjeta de crédito, compras o consignaciones bancarias que sumen más de $69,7 millones o patrimonios iguales o mayores a $224 millones.

Desde hace algunos años, la DIAN habilitó la opción de “declaración sugerida”, un borrador basado en información que reportan bancos, empleadores y otras entidades.

  1. Al ingresar al formulario en línea, el contribuyente puede optar por ver o no esta versión sugerida.
  2. Si decide abrirla, puede revisarla y usarla tal cual, o ajustarla según corresponda.
  3. Es clave recordar que la declaración sugerida parte de datos de terceros, que pueden contener errores. Por eso se recomienda contrastar con los propios soportes.

En cualquier caso, la multa mínima es de $498.000, que equivale a 10 UVT en 2025. Y si la DIAN lo requiere y usted aún no ha declarado, puede recibir una sanción del 20 % del total de ingresos o consignaciones no reportadas.

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Así evita caer en sanciones

Heredia sugiere tener en cuenta cuatro puntos básicos:

  1. Declarar a tiempo, incluso si no hay dinero para pagar.
  1. No confiar ciegamente en el reporte de terceros.
  1. Guardar todos los soportes.
  1. Buscar asesoría profesional si no se domina el tema.

🚨 Importante: es más barato cumplir a tiempo, incluso si no se tiene liquidez inmediata. Declarar tarde implica sanción fija y recargo de intereses, mientras que declarar en la fecha evita la multa más onerosa: la de extemporaneidad.

¿Y si no tengo cómo pagar?

Puede presentar la declaración y luego gestionar un acuerdo de pago. Esto evita que le impongan sanciones adicionales o que se inicie un proceso de cobro coactivo.

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