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Tasa de usura: así queda para enero de 2024

Que no le cobren de más, esto es lo máximo que le pueden cobrar según el tipo de crédito.

31 de diciembre de 2023 - 09:39 a. m.
En 23,32 % efectivo anual quedó el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
Foto: Pixabay
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La Superintendencia Financiera es la encargada de establecer el monto máximo de intereses que puede cobrar una entidad bancaria por un préstamo, es decir, la tasa de usura para el mes de enero de 2024.

Para ello expidió la Resolución 2331 de 2023 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.

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💳 Crédito de consumo y ordinario

De acuerdo con la información reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 1 de diciembre y el 22 de diciembre de 2023, la Superfinanciera estableció en 23,32 % efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

Su vigencia será entre el 1 y el 31 de enero de 2024. Esto representa una disminución de 172 puntos básicos (-1,72 %) frente a la vigente en diciembre de 2023 (25,04 %).

💳 Crédito productivo

Para las modalidades de crédito productivo se certificó el interés bancario corriente en:

ModalidadEfectivo anual
Crédito productivo de mayor monto28,54 %
Crédito productivo rural32,73 %
Crédito productivo urbano36,11 %
Crédito popular productivo rural41,86 %
Crédito popular productivo urbano43,11 %

Las tasas también tendrán vigencia exclusiva para el mes de enero de 2024.

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💳 Tasas de usura

El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y para determinar cuándo se trata de usura. Esto es un delito dentro del Código Penal.

Esto hace referencia a todo “el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del interés bancario corriente que para el período correspondiente estén cobrando los bancos, según certificación de la Superintendencia Bancaria”, dice el artículo 305.

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Así queda esta tasa para el primer mes de 2024:

Modalidades de crédito (efectivo anual)Interés remuneratorio de moraUsura
Crédito de consumo y ordinario34,98 %34,98 %
Crédito productivo de mayor monto42,81 %42,81 %
Crédito productivo rural49,10 %49,10 %
Crédito productivo urbano54,17 %54,17 %
Crédito popular productivo rural62,79 %62,79 %
Crédito popular productivo urbano64,67 %64,67 %

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