Quienes organicen o promuevan espectáculos públicos o vendan boletería para todo tipo de eventos deberán implementar un sistema de registro de peticiones, quejas y reclamos.
Esta es solo una de las exigencias que la Superintendencia de industria y Comercio (SIC) estableció a través de un instructivo que busca proteger los derechos de los consumidores de diferentes tipos de espectáculos.
Dice el comunicado de prensa de la Superintendencia de Industria y Comercio definió el contenido mínimo de información que debe acompañar la venta de boletas para espectáculos públicos, la vez que implementó un mecanismo de seguridad y un procedimiento que garantiza el acceso de los consumidores a presentar sus quejas y reclamos.
Dentro de las determinaciones se contempla que, cuando un espectáculo se cancele o se modifiquen las condiciones anunciadas inicialmente, los organizadores deberán informar, dentro de los tres días siguientes a la ocurrencia del hecho a la autoridad.
Igualmente debe comunicar las medidas que se están adoptando relacionadas con la forma cómo se dará a conocer la novedad y el procedimiento para la devolución del dinero o para ejercer la opción de abono o recambio para asistir a otro evento, indicando la fecha de su realización.
Establece que donde se promocione o se venda boletería, independientemente del medio empleado para realizar dicha difusión, se proporcionen unos datos mínimos al público.
Algunos de estos datos son: identificación de la empresa organizadora y promotora del espectáculo público; el precio final de la boleta con la discriminación de los cargos adicionales; número total de entradas disponibles; características físicas del recinto, número de sillas, número y ubicación de localidades, condiciones de acceso para personas discapacitadas y mujeres embarazadas; persona responsable del evento con identificación y datos de contacto para que el consumidor envíe quejas y reclamos.