El Espectador usa cookies necesarias para el funcionamiento del sitio. Al hacer clic en "Aceptar" autoriza el uso de cookies no esenciales de medición y publicidad. Ver políticas de cookies y de datos.

Niegan demanda que pedía que el 30% de las vacantes de la Dian se den por concurso de ascenso

El Tribunal de Cundinamarca determinó que el régimen general de carrera administrativa no es aplicable a la Dian.

12 de marzo de 2021 - 04:30 p. m.
La DIAN alista unaconvocatoria en enero para contratar 1.500 funcionarios en carrera administrativa.
Foto: / Tomada de Twitter @jromerotarazona
PUBLICIDAD

La sección primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó en primera instancia la demanda interpuesta por el Sindicato de Unificación Nacional de Trabajadores de la Dian y Finanzas Públicas que pedía que el 30% de las vacantes de la Dian se den por concurso de ascenso.

También te puede interesar: La DIAN alista convocatoria para 1.500 vacantes

El fallo explica que el régimen general de carrera administrativa no es aplicable a la Dian, ya que la entidad tiene una regulación específica sobre esta materia.

De esta manera, los artículos 2 de la Ley 1960 de 2019 y 26 del Decreto Ley 071 de 2020 no son exigibles ni contienen un mandato imperativo para las entidades demandadas: la Dian y la Comisión Nacional del Servicio Civil-CNSC.

El Tribunal también aclara que el régimen general de carrera tiene algunas excepciones como los sistemas específicos de carrera administrativa que, en razón a la singularidad y especialidad de las funciones que cumplen las entidades, aplican regulaciones específicas en materia de ingreso, capacitación, permanencia, ascenso y retiro del personal que se encuentran consagradas en leyes diferentes a las que regulan la función pública.

En diciembre de 2020 la Dian abrió la convocatoria para 1.500 vacantes, convocatoria que cerró el pasado 28 de enero.

Conoce más
Ver todas las noticias