La cifra significa un aumento de 0.86 puntos porcentuales por encima de la vigente hasta este 31 de diciembre de 31.89 por ciento.
Las tasa certificada por la Superfinanciera se aplica a las operaciones activas de crédito y para los efectos legales relativos a intereses, incluido el delito de usura.
Aplicará también para las ventas a plazo en cuanto al precio pendiente de pago, las operaciones de leasing operativo y financiero, el descuento de derechos personales o créditos de carácter dinerario y de valores o títulos valores y las operaciones de reporto o repo, simultáneas y de transferencia temporal de valores.
Igualmente, el organismo certificó en 21.83 por ciento el Interés Bancario Corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario vigente entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2008, lo cual representa un incremento del 0.57 por ciento en relación con la anterior certificación (21.26 por ciento).
Entre tanto, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) señaló el límite de 32,75 por ciento anual como el interés aplicable para los contribuyentes que entren en mora con sus impuestos.