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Terrenos baldíos de la Nación, por fuera de restitución de tierras

A la fecha se han recibido 8.087 solicitudes de ingreso al registro de tierras despojadas.

13 de febrero de 2012 - 05:55 a. m.
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Hasta el momento se han recibido  8.087 solicitudes de ingreso al registro de tierras despojadas, que corresponden a reclamaciones por 549.648 hectáreas, informó el ministro de Agricultura, Juan Camilo Restrepo en la Corte Constitucional, sobre el tema de restitución de tierras.

El titular de la cartera de los asuntos agrarios ha respondido a las criticas o apreciaciones equivocadas que últimamente se han formulado desde algunos sectores a lo que ha sido hasta el momento, el montaje de la institucionalidad de la política de restitución de tierras.

El informe presentado ante el Alto Tribunal recoge aspectos como que a la fecha se han recibido 8.087 solicitudes de ingreso al registro de tierras despojadas, que corresponden a reclamaciones por 549.648 hectáreas.

La Unidad de Restitución de Tierras avanza en su programa de apertura de oficinas regionales en las próximas semanas para recepcionar las reclamaciones de las víctimas despojadas.

A la fecha se han abierto las oficinas de Bogotá y Montería y en las próximas semanas según cronograma adjunto se abrirán 15 más en otras localidades. En el entretanto se están recibiendo reclamaciones en sedes provisionales de la Unidad de Restitución, precisa el informe.

Se han creado cinco plazas de jueces de restitución, al final de este mes se completarán 22; y dentro de un proceso gradual acordado con el Consejo Superior de la Judicatura, deberán estar en funcionamiento al final de 2014, por lo menos 134 jueces y 60 magistrados para conocer de los asuntos de segunda instancia.

Si en el curso de la aplicación de la Ley se estableciere que se requieren más jueces o más magistrados para dar oportuno trámite a las solicitudes o las reclamaciones de restitución, así se hará, consultando el flujo efectivo que se vaya presentando de reclamaciones.

Las tierras baldías de la nación no se utilizarán para atender los requerimientos de restitución de tierras, puesto que en principio la restitución opera sobre la misma tierra despojada y no sobre las tierras fiscales del Estado, aclara el estudio presentado por el ministro de Agricultura.

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En el Informe a la Corte Constitucional el Ministerio de Agricultura resalta la importancia de la “inversión de la carga de la prueba”, institución creada por la Ley 1448 de 2011 en beneficio de las víctimas, y que no fue de ninguna manera suprimida en el Decreto 4829 de 2011.

Por el contrario, lo que se hizo en la reglamentación fue extender sus alcances al proceso administrativo. La carga de la prueba se mantiene en cabeza de quien se oponga a la restitución, las afirmaciones de la víctima que solicita ingreso al Registro de tierras despojadas y abandonadas forzosamente están amparadas por la presunción de buena fe y el Estado para poder cumplir con la identificación jurídica y física de los predios y las personas, y poder establecer el contexto de abandono o despojo, debe conseguir la información necesaria que le permita lograrlo y aportar información dirigida a fortalecer las pretensiones de las víctima dentro de la etapa judicial, destaca el informe.

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Precisa el estudio que el estimativo de 360.000 solicitudes para el decenio y de 160.000 solicitudes para el cuatrienio que menciona el Plan Nacional de Desarrollo obedecen, más que a una meta, a un estimativo indispensable cuando se diseñó la aplicación de la Ley, con base en las estadísticas disponibles en el Registró Único de Población Desplazada –RUPD- (antes bajo la administración de Acción Social hoy en cabeza de la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a Víctimas-UAEARV), el Registro Único de Predios y Territorios Abandonados –RUPTA- (a cargo del INCODER) y el Sistema de Información de Justicia y Paz –SIJYP- (a cargo de la Unidad Especial de Justicia y Paz de la Fiscalía General de la Nación), para efectos de calcular los requerimientos presupuestales, administrativos y judiciales que puede exigir la operatividad de la Ley.

Se han definido 12 regiones en cumplimiento del mandato de aplicación gradual y progresiva que contiene la Ley y en función de aquellos municipios en donde ha habido mayor densidad de despojos y existan las necesarias condiciones de seguridad. Todo esto en coordinación con el Ministerio de Defensa y las fuerzas de seguridad.

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En cuanto a los avances de la política de tierras, como ha sido siempre de rigor en todos los documentos y estadísticas divulgadas por el gobierno nacional, se distingue entre las diversas modalidades de intervención de políticas agrarias.

Al finalizar el año pasado se habían intervenido 852.051 hectáreas, la mayoría de las cuales corresponden a titulación de baldíos, a constitución, ampliación o saneamiento de resguardos y a titulaciones a colectividades negras, entre otros, y un ítem con los datos sobre restablecimiento de derechos sobre la tierra a las víctimas de despojo por actuaciones administrativas, que han sido realizadas por Incoder (revocatorias, caducidades, etc.) A través de esta modalidad se habían restablecido derechos de víctimas de asuntos de tierras en 18.361 hectáreas, beneficiando a 699 familias.

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Al terminar 2011 (cuando aún no había entrado a regir la Ley 1448), la mayor cantidad de intervenciones agrarias han correspondido a las diversas vías de formalización, puesto que aun no estaba en funcionamiento el Registro de tierras despojadas o abandonadas forzosamente, ni los procedimientos judiciales previstos para el efecto, que apenas comenzaron su vigencia el 1 de enero de 2012, remarca el informe presentado por el ministro de Agricultura.
 

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