Un cuaderno pequeño, escrito a mano, fue la prueba irrevocable para que un juez de paz le diera la razón a Constanza Goméz*, quien demandó a su antiguo jefe porque no quería pagarle los servicios sexuales que le prestó cuando trabajaba como empleada doméstica en su apartamento en Pereira.
Desde 2006 Constanza, de 38 años, consignó con precaución y dedicación en el cuaderno, como un registro de contabilidad, los días y las horas en que tuvo relaciones sexuales con su jefe Carlos Suárez*. Un hombre solitario, que rondaba los 45 años, y quien pactó con Constanza, una mujer atractiva, el pago de $20.000 por cada relación sexual que sostuvieran, después de que ella terminara las tareas de aseo y arreglo del apartamento.
Pasaron cuatro años y pocos meses antes de que Carlos dejara el país con rumbo a España, Constanza lo demandó por no haber pagado los servicios sexuales y las prestaciones a las que tenía derecho por su trabajo como empleada del servicio.
El curioso caso, que aterrizó primero en las manos de un juez laboral, llegó a jueces de paz el 24 de mayo de 2010, porque era un caso que se podía transar, desistir o conciliar, y la cuantía de la demanda no superaba la suma de $51 millones.
Cinco días después se citó a las partes a una audiencia de conciliación. Carlos le ofreció a la mujer por las prestaciones no pagadas $3’500.000. Constanza se rehusó, argumentando que su deuda triplicaba esa suma. Fue en ese momento cuando se jugó su carta bajo la manga y le mostró al juez el cuaderno de cuentas en el que durante cuatro años reseñó los encuentros apasionados que le adeudaba su jefe.
El juez hizo el cálculo y, sumado a las prestaciones que no había pagado Carlos, debía $13’038.000 a su antigua empleada.
Constanza explicó que en los últimos dos años Carlos dejó de pagarle los servicios sexuales que ella le prestaba.
Según el juez de paz Eisenhower D’janon Zapata, quien conoció de cerca el caso, la cifra se incrementó más por las relaciones sexuales tenidas en ese tiempo que por las demás prestaciones.
“Si bien es cierto que las partes no conciliaron, el juez recolectó las pruebas suficientes y falló a favor de Constanza en primera instancia el 15 de junio de 2010”, explicó Zapata. Carlos apeló, pero la decisión fue ratificada el 1° de julio por un juez de segunda instancia. Luego, Carlos pidió, a través de una tutela, no pagar la deuda en su totalidad. Pero un juez no consintió su petición.
Las consideraciones de la sentencia tienen en cuenta que ejercer servicios sexuales en el caso de Constanza, una persona adulta, que accedió al pacto con Carlos, es equivalente a cuando una mujer trabaja en un establecimiento y cobra por sus servicios sexuales.
La prostitución, de acuerdo con la providencia, es una profesión antigua, tanto como la historia de los seres humanos —los historiadores griegos Herodoto y Tucídides documentaron la obligación que tenían todas las mujeres en Babilonia de acudir, al menos una vez en su vida, al santuario de Militta (la Afrodita griega) para practicar sexo con un extranjero como muestra de hospitalidad, a cambio de un pago simbólico—, por eso debe tener las garantías y prestaciones laborales que tiene cualquier otro trabajo.
Para el juez Zapata, Constanza y Carlos tenían una relación de carácter laboral: ella cumplía un horario, tenía tareas que iban más allá del aseo de la casa y obedecía un mandato.
A pesar de la pelea jurídica que dio, Carlos pagó la deuda millonaria que tenía con Constanza el pasado mes de agosto.
* Los nombres fueron cambiados.