La Sala Penal de la Corte mantuvo la condena de 13 años de prisión y multa de cinco millones de pesos a Baltasar Gutiérrez*, boyacense sordo, de edad media, que asesinó a su suegra.
Los hechos ocurrieron el 27 de noviembre de 2001 en la vereda Portón Blanco del municipio de Monguí, Boyacá, cuando Baltasar llegó hasta la finca donde vivía su suegra y empezó a hacerle reclamos sobre el paradero de su mujer.
La compañera permanente de Baltasar se había escapado de la casa con sus dos hijos menores, porque el hombre le daba mala vida, la golpeaba y la había amenazado diciéndole que si se iba, la iba a matar.
El hombre llegó entonces a la finca haciéndole reclamos, pidiendo que le dijera el paradero de su esposa. Como la mujer no respondía, el hombre al parecer empezó a forcejear con ella, haciéndola caer por un despeñadero.
"Yo estaba jugando y estábamos sólo mi abuelita y yo, no había nadie más en la casa, cuando llegó ‘Baltico’ y empezó a hablar duro con mi abuelita en la cocina y agarró a mi abuelita de una mano detrás de la casa y la botó al río. Yo me puse a llorar y ‘Baltico’ me dio un ‘bobobum’ y un pan y me mandó a donde mi Tía Rosa", dijo el niño de 6 años días después de ocurrido el homicidio.
La abuela de 65 años fue encontrada cerca de un precipicio de unos 30 metros de altura con varias lesiones en el cuerpo y señales de trauma craneoencefálico.
La defensa de Baltasar trató de desestimar el testimonio del menor, indicando que no se le entendía muy bien lo que había dicho y que además el niño mentía por haber dicho por ejemplo que Gutiérrez había llegado a la finca gritando, y que la verdad es que él era un hombre con deficiencia auditiva.
Sin embargo la Corte desatendió esos argumentos y logró probar que aunque el hombre no podía escuchar, si se comunicaba con otras personas mediante sonidos y la gesticulación de algunas palabras.
"Baltasar Gutiérrez no carecía de intelecto para entender que la acción de matar a la señora madre de compañera sentimental estaba prohibida por la ley, ni tampoco para adecuar su comportamiento en razón de esa comprensión. Las instancias encontraron que fue el autor de la conducta típica y antijurídica de homicidio en contra de esta señora", puntualizó el Alto Tribunal, con ponencia del magistrado Julio Socha Salamanca.