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Condenan a cinco militares por el asesinato de un campesino en Santander

El sargento y cuatro solados deberán pagar penas de más de 30 años de cárcel por el delito de homicidio en persona protegida. El juez del caso determinó que nunca se pudo comprobar la relación del campesino, víctima de homicidio, con grupos armados ilegales, como lo había planteado los uniformados.

30 de octubre de 2018 - 12:01 p. m.
Más de 30 años de cárcel deberán pagar un sargento y cuatro solados por el homicidio de un campesino acusado de pertenecer a grupos armados ilegales. / Archivo
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El Juez Tercero Penal del Circuito de Bucaramanga (Santander) condenó a más de 30 años de cárcel al sargento Jorge Arley Sánchez Rojas y a los soldados Abimael López Gómez, Wilson Javier Plata, René Alberto Prada y Jesús Rincón, por hechos ocurridos el 17 de mayo de 2005, cuando presentaron como muerto, en supuestas acciones militares, a un campesino identificado como Gerardo Contreras Román.

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El juez del caso impuso las penas, según la responsabilidad de cada investigado. El sargento Jorge Arley Sánchez Rojas fue condenado a 35 años y diez meses de prisión, además de pagar una multa de 3.600 salarios mínimos. Por su parte los cuatro soldados fueron condenados a 33 años y cuatro meses de prisión y deberán pagar 2.800 salarios mínimos. Los cinco miliares fueron acusados por el delito de homicidio en persona protegida.

La investigación señala que para 2005, los uniformados pertenecían al Batallón de Infantería No. 4 Antonio Ricaurte, en Santander. Los hechos habrían ocurrido en la vereda Lebrijas del municipio Lebrija (Santander). La Fiscalía pudo establecer que los militares llegaron a la casa de la víctima en la madrugada del 17 de mayo de 2005 y lo sacaron de allí. A las 5 de la mañana, familiares de Contreras Román encontraron su cuerpo sin vida con impactos de bala.

La operación, según lo determinó la Fiscalía, tenía como objetivo realizar estrategias militares en contra de grupos armados ilegales que para entonces operaban en la zona. Sin embargo, el juez del caso consideró que a lo largo del proceso no fue posible concluir que Gerardo Contreras Román tuviera alguna relación con la guerrilla tal como lo plantearon los uniformados. “Existen abundantes medios de prueba que sí permiten colegir que era integrante de la población y que se dedicaba a las labores del campo”, precisó el juez del caso.

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