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Condenan a la Nación por masacre paramilitar en Buga

El Consejo de Estado consideró que pese a que el Ejército conocía sobre la presencia de dicho grupo armado ilegal en la zona, y la práctica de rehenes, no se tomaron las acciones necesarias.

25 de mayo de 2015 - 11:24 a. m.
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La Sección Tercera del Consejo de Estado condenó a la Nación, representada en el Ministerio de Defensa y el Ejército Nacional, por la masacre cometida por grupos paramilitares en la vereda Alaska, corregimiento La Habana en el municipio de Buga (Valle del Cauca) registrada en la tarde del 10 de octubre de 2001.

El alto tribunal determinó que se presentó una falla en el servicio por parte del Ejército puesto que existen documentos de inteligencia que evidenciaban que los militares conocían sobre la presencia de dicho grupo armado ilegal en la zona, y pese a esto no se tomaron las acciones necesarias en contra de los mismos.

Según los testimonios recolectados de los pobladores, los paramilitares estaban haciendo retenes en diferentes sectores de la vereda. En la tarde del 10 de octubre de 2011 cerca de 60 hombres de camuflado, con armamento largo y logos que hacían referencia a las AUC tocaron las puertas de las viviendas buscando personas del sexo masculino.

Cerca de ocho o nueve hombres fueron retenidos en la plaza central del pueblo y luego transportados hacia la zona rural de la vereda donde fueron asesinados. A pocos metros del lugar hombres armados bajaron a cinco personas que se movilizaban en un bus intermunicipal y procedieron a dispararle de forma indiscriminada a los hombres.

En el debate jurídico se tuvo en cuenta el informe de inteligencia de la Sijín de la Policía Nacional se hizo referencia a la movilización de estos paramilitares en la zona. Igualmente las declaraciones del entonces secretario de Gobierno de Buga frente a los retenes ilegales adelantados por dicho grupo armado ilegal.

“Grupos al margen de la ley hicieron fuerte presencia en la zona, como lo indican los distintos informes de inteligencia y las órdenes de operaciones suscritas por la Policía y el Ejército Nacional, además tales grupos irregulares realizaron retenes en la vía, como lo señalaron el Comandante de la Estación de Policía y el Secretario de Gobierno de Buga, situación que era conocida por los demandados los cuales no tomaron medidas al respecto”, precisa el fallo.

En este sentido se manifiesta que estas omisiones fueron “aprovechadas por los delincuentes para incursionar en las veredas La Alaska, Tres Esquinas y La Habana, jurisdicción del municipio de Buga, y dar muerte a hombres indefensos. En la demanda se llama la atención que los hechos se presentaron a cinco minutos de distancia de los hechos se encuentra la estación de policía y a 10 minutos, aproximadamente, se encuentra el Batallón de Artillería 3 Palacé y el Distrito del Comando 2 de la Policía Nacional.

“Llama la atención que el día de los hechos los delincuentes, quienes utilizaron 3 vehículos para perpetrar la masacre se tomaron el tiempo suficiente para seleccionar a sus víctimas y sin dejar rastro alguno y sin que la Fuerza Pública se percatara de la situación no obstante los distintos informes de inteligencia que daban cuenta de la presencia en la zona de grupo al margen de la ley y de los hechos delictivos que éstas verían cometiendo en días previos a la masacre”, señala. 

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Además se indica que los hechos ocurrieron a plena luz del día “y que los victimarios permanecían en el lugar, al menos durante una hora”. Para la Sala los hechos materia de estudio fueron “previsibles para los demandados, pues se insiste, éstas tenían conocimiento de la fuerte presencia en la zona de grupos al margen de la ley y de los retenes ilegales que éstas venían realizando en días previos a la masacre”.

Con esta decisión se revoca el fallo emitido por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca que negó las pretensiones de la demanda.

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