En fallo de segunda instancia, el Ministerio Público confirmó la suspensión e inhabilidad que pros seis meses había emitido en contra del concejal de Bogotá Álvaro Hernán Caicedo, por invadir un carril de uso exclusivo del Transmilenio.
La Procuraduría precisó que el comparendo impuesto por parte de un agente de tránsito estaba plenamente justificado, pues estaba comprobada la violación a las normas de uso del espacio público en las vías en las que incurrió Caicedo.
“Son deberes de todo servidor público, cumplir y hacer que se cumplan los deberes contenidos en la Constitución y las leyes; así como de vigilar y salvaguardar los bienes y valores que le han sido encomendados y cuidar que sean utilizados debida y racionalmente, de conformidad con los fines a que han sido destinados”, sostuvo.
Concluyó que para la imposición de la sanción no era necesario un resultado dañoso, como lo señaló el dirigente en la reposición presentada ante la Procuraduría.
El miércoles pasado Álvaro Hernán Caicedo perdió su curul en el Cabildo Distrital a manos del Consejo de Estado, luego de que la Corporación confirmara la anulación de su elección decretada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.