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«Congresistas que votaron reforma a la justicia no podrán ser investigados»

El fiscal General, Eduardo Montealegre señaló que el Presidente sí puede objetar la reforma a la justicia.

26 de junio de 2012 - 11:37 a. m.
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El fiscal General, Eduardo Montealegre aclaró durante una rueda de prensa que no se pueden emprender acciones penales ni disciplinarias contra los 173 congresistas (114 representantes a la cámara y 59 senadores) que participaron en la votación del proyecto de reforma a la justicia.

Según el jefe del ente investigador, la Constitución Política consagra un principio de “inviolabilidad parlamentaria”, hecho por el cual se tiene que respetar la votación individual de cada uno de los parlamentarios.

“Ningún parlamentario es responsable ni penal ni disciplinariamente por las opiniones y votos que hayan ejercido o por las posturas jurídicas que hayan tomado en el trámite de un acto administrativo”, precisó.

Igualmente el Fiscal General señaló que existen cinco argumentos jurídicos para sostener que el presidente de la República, Juan Manuel Santos, tiene facultades constitucionales para objetar la polémica y muy discutida Reforma a la Justicia.

En este sentido señaló que tanto los congresistas que votaron, así como los que participaron en la comisión de conciliación no podrían ser procesados por este caso que ha generado una polémica nacional ante los considerados “micos”.

“Considero que cualquier exceso, cualquier hecho en el cual la comisión se hubiera apartado de la jurisprudencia constitucional no los hace responsable desde el punto de vista penal por el principio de inviolabilidad parlamentaria», aclaró Montealegre

En este sentido el Fiscal General aclaró además que el primer mandatario tiene la potestad para presentar este tipo de objeciones a este tipo de actos puesto que tiene y puede ejercer el control constitucional cuando sea necesario. 

Igualmente apoyó la posibilidad para que se discuta en sesiones extraordinarias el tema de la reforma, precisando que se debe analizar el trámite con el que adelantó el debate, votación y posterior aprobación del proyecto reformista.

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“El presidente tiene una solida argumentación constitucional para realizar las objeciones y el contenido de estas mismas tiene un respaldo, puesto que en algunos se han presentado exceso de las facultades que tiene la comisión de conciliación”, precisó el jefe del ente investigador.

El jefe del ente investigador señaló que hasta el momento la reforma no está vigente, puesto que hasta el momento no se ha firmado ni se ha publicado. «Hecho por el cual no sería valido el referendo» que se está promoviendo en la ciudadanía. 

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“Respeto las tesis de un referendo revocatorio tengo que decir que jurídicamente y constitucionalmente solamente se puede acudir cuando entra en vigencia y en este sentido se señala que la reforma no tiene vigencia, no es vinculante porque falta la promulgación y está en trámite una objeción”, preciso Montealegre.

El Fiscal General señaló además que estuvo pendiente de todos los debates y discusiones que se adelantaron tanto en la Cámara de Representantes y el Senado, hecho por el cual no entiende los cuestionamientos que se le han hecho en los últimos días.

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Críticas a la reforma

El Fiscal General señaló que existen serias falencias y fallas en puntos principales del proyecto aprobado por el Congreso y los cuales deben revisarse de fondo, puesto que tienen inmersos serios problemas para un desarrollo efectivo de la justicia.

En el primero de estos se manifiesta que la comisión de conciliación se “extralimitó” en las funciones, puesto que omitió sus competencias y avaló temas en los que no existía debate entre los textos de la Cámara y del Senado.

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“La Corte Constitucional ha señalado tres competencias, las comisiones ámbitos claramente delimitados por los textos aprobados en Senado y Cámara, solamente pueden ocuparse de los textos que tengan divergencias entre lo aprobado entre las dos plenarias”, aclaró.

En este sentido indicó que “pueden existir normas inconstitucionales en el texto de la reforma”, señalando cinco puntos clave que tienen que ser analizados en las sesiones extraordinarias del Congreso.

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El primer punto que se tiene que tener en cuenta es el hecho de que la comisión de conciliación «privó a la Fiscalía de la capacidad de investigar y acusar a los aforados constitucionales como los ministros, generales, almirantes, gobernadores, y otras personas puesto que en este texto no se presentó una divergencia”.

“No le conviene a la institución ni al país el debilitamiento que se ha registrado en algunos aspectos de la regulación de la perdida de investidura”, aclaró Montealegre, señalando además que dichos puntos fueron acordados en los ocho debates adelantados.

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“Tiene razón el Congreso de la Republica al señalar que es inconveniente desde el punto de vista institucional y puede crear cierta inestabilidad jurídica ante la ausencia de normas de transición tanto para el funcionamiento de la Sala Administrativa de la Judicatura como los modelos de investigación y juzgamiento de los congresistas”, precisó.

Cuestionó además el hecho las modificaciones que se instauraron al modelo de gestión de la rama jurisdiccional, puesto que no solucionan los problemas que tiene el sistema y al contrario lo “debilitan innecesariamente”.

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Por último, señaló que es grave que se le retire el fuero al Presidente de la República una vez se retire del cargo para los hechos que tengan relación con el ejercicio de sus labores. “Esto afecta la garantía institucional”.

No todo es malo

En su intervención Monteleagre señaló que se deben tener validar algunos de los puntos avalados por el Congreso en este proyecto reformista, como lo son las normas en las que se permite a los abogados, cámaras de comercio y notarios ejercer funciones de la rama judicial con el fin de descongestionar el sistema.

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El Fiscal General señaló que es necesario los funcionarios que no se pronuncien dentro de los términos legales, se permita una pérdida de competencia para evitar la mora excesiva en los procesos.

Para el jefe del ente investigador, también es positivo la propuesta que cada municipio del país tenga un juez promiscuo como se plantea en la reforma y que se les permita a algunos funcionarios ejercer labores especiales.

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