La Sala Plena del Consejo de Estado rechazó la acción jurídica con la que se buscaba decretar la muerte política de los senadores Musa Besaile y Bernardo Miguel Elías por su presuntamente injerencia en un tráfico de influencias con el cual se habría beneficiado al polémico contratista Emilio Tapia.
En su decisión, el alto tribunal acogió el concepto de la Procuraduría General en el cual se señalaba que no existían pruebas para destituir e inhabilitar de por vida a los dos parlamentarios.
Igualmente, consideró la Sala, no se presentó un documento clave para inferir que los congresistas presionaron al entonces secretario del Ministerio del Interior, Luis Felipe Henao para evitar que, de presentarse la situación, el contratista involucrado en el llamado carrusel de la contratación fuera enviado a la cárcel La Picota de Bogotá.
En este sentido se indica que la única prueba presentada por el demandante fue un artículo de prensa había sido el único indicio aportado por el demandante y, aunque el secretario del Ministerio Luis Felipe Henao aceptó haberse reunido con los dos legisladores, no se acreditó que le hubieran hecho la exigencia en cita.