La Sala Plena del Consejo de Estado negó una nueva acción de tutela contra el fallo de la Procuraduría General que destituyó e inhabilitó por 15 años para ejercer cargos públicos al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro por las irregularidades en la planeación y ejecución del nuevo modelo de aseo en la capital de la República.
El alto tribunal no aceptó los argumentos esgrimidos por el accionante que consideraba que se había vulnerado el derecho a la defensa y al debido proceso contra el mandatario distrital por parte del Ministerio Público, así como la afectación del derecho fundamental a elegir y ser elegido.
Con esta decisión, el Consejo de Estado tomó una decisión de fondo frente a las 23 tutelas radicadas en el denominado caso Petro. En todas estas el tribunal de lo contencioso administrativo consideró que no se le habían vulnerado sus derechos como electores y que en más de un caso mucho de los accionantes ni siquiera habían participado en las elecciones de septiembre de 2012, por lo que fueron declaradas improcedentes.
Igualmente este martes el Tribunal Administrativo de Cundinamarca aceptó estudiar dos tutelas radicadas en contra de la decisión del presidente de la República, Juan Manuel Santos de no acatar las medidas cautelares emitidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh).
Ante esto, el Tribunal solicitará que se le notifique oficialmente de todas las decisiones que fueron tomadas por los diferentes órganos administradores de justicia en este caso, en el cual se dejó en firme la sanción disciplinaria contra el burgomaestre.