La Sala Plena de la Corte Constitucional consideró ajustado a la carta política el Proyecto de Ley Estatutaria con el cual se establecieron los parámetros de la ley de transparencia y del derecho de acceso a la información pública nacional.
En su decisión, el alto tribunal condicionó la validez de algunas normas con el fin de proteger dicho derecho declarando inexequibles otras que limitaban de forma injustificada o desproporcionada el acceso a la información.
El presidente de la Corte Jorge Palacio Palacio aseguró que en el marco del debate se llegó a la conclusión que el proyecto de ley es un valioso instrumento que regula elementos estructurales del derecho de acceso a la información pública, al tiempo que fija las principales reglas en torno a las obligaciones y derechos de los servidores públicos, de los operadores jurídicos, de los particulares y de la sociedad en general.
El proyecto de ley estatutaria desarrolla en forma integral y sistemática el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para su ejercicio, las garantías y las excepciones a la publicidad de la información, de acuerdo con el mandato impuesto por el artículo 74 de la Carta Política.