44 años y ocho meses de cárcel deberán pagar dos soldados de la Décima Brigada de Ejército Nacional, luego de que la Corte Suprema de Justicia hubiera reiterado la sentencia en su contra por el asesinato del campesino José Navarro Ávila y la herida de bala que recibió su hijo, menor de edad, en Manaure, Cesar.
Los hechos ocurrieron el 27 de marzo de 2008 en la vereda El Cinco, donde los militares se percataron de la presencia del labriego en compañía de su hijo, portando una escopeta.
La Sala Penal desestimó, como lo afirmara la defensa, que el caso debiera ser dirimido por la Justicia Penal Militar, al tiempo que confirmó que se trataba de un típico homicidio en persona protegida, toda vez que las víctimas eran integrantes de la población civil en estado de indefensión.
Los condenados amparaban parte de su petición, teniendo en cuenta que los hechos se habían producido en desarrollo de la Operación Faraón, en contra de grupos armados ilegales que, como las Farc, azotaban la región.
“De las pruebas se constató, como bien lo expuso el a-quo, que la misión que les fue encomendada ese día por parte de los comandantes de operaciones y de pelotón fue de registro y control, no de combate. Así mismo, que dispararon sin haber hecho la proclama previa de alto, requerida en esos eventos”.
La medida cobija al cabo segundo Jota Eder Támara Torrez y el soldado profesional Jaime Cruz Velandia, que en doble instancia habían sido declarados penalmente responsables del ataque.
El Tribunal Superior de Valledupar, Cesar, había reducido la pena en casi 13 años y la Corte, en sentencia de Casación, confirmó la condena. Iicialmente, el Juzgado Penal del Circuito Especializado de esa capital los había sentenciado a 57 años y dos meses de privación de la libertad.