Según la Corte Suprema el acatamiento de dicha medida no puede ser dilatada por el Inpec, porque esta entidad sólo está facultada para controlar su cumplimiento.
"Hecho efectiva la sustitución de la pena de prisión impuesta a Yidis Medina por prisión domiciliaria, pues se está verificando si la interna es requerida dentro del proceso adelantado en su contra por la Fiscalía de Bucaramanga", asegura la misiva.
Además, señala que el director del Inpec debe garantizar las condiciones de seguridad tanto para la condenada como para los lugares aledaños al lugar donde va a cumplir la prisión domiciliaria.