El Tribunal Superior de Bogotá aclaró que los trabajadores de Saludcoop no estaban legitimados para interponer una tutela en contra de Superintendencia de Salud por la intervención que se adelantaba contra la EPS.
El presidente del Tribunal, magistrado Marco Antonio Álvarez, dio claridad sobre la revocatoria a la tutela que profirió a favor de los dueños de la EPS el juez 37 civil en el que suspendió la intervención de la Superintendencia a esa empresa prestadora de salud.
En su decisión, el magistrado señaló que no se vulneró ningún derecho de los empleados de dicha EPS y además la Superintendencia de Salud estaba garantizando su funcionamiento.
“Los demandantes no estaban legitimados para cuestionar las decisiones de la Superintendencia, consideramos que solamente Saludcoop podía cuestionar constitucionalmente esas determinaciones”, precisó el presidente del Tribunal Superior de Bogotá.
Añadió que la determinación del Tribunal es de atención inmediata y que en tal sentido revive la intervención de Saludcoop mientras se resuelven los recursos interpuestos en la vía gubernativa por esa entidad.
Finalmente indicó que esta decisión solo puede ser revisada por la Corte Constitucional si así lo considera.