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El impedimento presentado en la demanda contra elección del Contralor General

"Por mandato constitucional debe entenderse que está prohibido a un 'consejero de Estado' decidir un proceso de nulidad electoral sobre la continuidad o no de 'un exconsejero de Estado'".

03 de diciembre de 2014 - 10:43 a. m.
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La magistrada de la Sección Quinta del Consejo de Estado, Susana Buitrago presentó un impedimento para estudiar la demanda presentada en contra de la elección de Edgardo Maya Villazón como Contralor General de la República el 19 de agosto del presente año.

En el documento manifiesta que ya había presentado un impedimento para participar en el análisis de la demanda radicada contra la conformación de la terna para elegir al nuevo jefe del ente de control fiscal en remplazo de Sandra Morelli Rico.

“El proceso de la referencia deberá tramitarse de manera acumulada conjuntamente con los demás que se encuentren en curso, pues todos conciernen a posibles inconsistencias que pueden acarrear la nulidad acaecidas durante el proceso administrativo de elección del mismo demandado”, precisa uno de los apartes.

En dicho recurso se manifiesta que existen razones jurisprudenciales para que un miembro del tribunal de lo contencioso no participe en un proceso de nulidad electoral “sobre la continuidad o no en el cargo de un ‘exconsejero de Estado’”.

En este punto se hace énfasis que la Sala de la que ella hace parte nombró a Maya Villazón como conjuez el 12 de septiembre de 2013 y lo ratificó el 20 de marzo de 2014, según se puede revisar en los documentos oficiales del Consejo de Estado.

Para la magistrada esta situación “puede ser vista como que presenta coincidencias que para la definición de la tutela devendrían en ‘elígeme como conjuez y no me juzgues’, tal condición me lleva, por motivos de honestidad y lealtad procesal, a declararme impedida”, precisa uno de los apartes del documento.

La consejera cita que uno de los apartes de la demanda motivo de estudio hace referencia al hecho de que el actual Contralor General estaría inhabilitado para ejercer dicho cargo porque se desempeñó como conjuez de la Sección Quinta de Consejo de Estado elegido por la Sala, lo que eventualmente podría devenir en ‘elígeme conjuez y no me juzgues’”.

El impedimento está sustentado además ante la posible presencia de un interés directo o indirecto en las resultas de este proceso. Además la misma magistrada fue recusada en una demanda presentada en contra de la reelección de Alejandro Ordóñez Maldonado como Procurador General y que hasta el momento no ha sido resuelta por el alto tribunal. 

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