De ahora en adelante serán las empresas transportadoras y no los dueños de los taxis quienes se deben hacer responsables de la adquisición de pólizas de seguros que cubran los riesgos inherentes a esta actividad, según lo determinó el Consejo de Estado.
Así mismo, la Corporación indicó que los costos de cada una de estas primas deben ser asumidos solidariamente entre el propietario del vehículo y la empresa, en los casos en los que éstas últimas no tengan a su ver los carros.
Fue así como el Consejo de Estado dejó sin efectos el artículo 20 del decreto 170 de 2001 y el artículo 19 del decreto 170 del mismo año, que le daban a la empresa la potestad de establecer las condiciones del recaudo, a cargo del propietario.
Sin embargo, el alto tribunal le dio la razón al demandante, quien consideró que, en el caso de los taxis que no eran pertenecientes a la empresa era ésta última quien debía quedar a cargo de la adquisición del seguro.