La Corte Constitucional aceptó estudiar una demanda instaurada en contra de las competencias constitucionales que tiene el Procurador General de la Nación para sancionar disciplinariamente, con inhabilidad y destitución de sus cargos, a los funcionarios públicos que fueron elegidos por voto popular.
En la acción jurídica se busca que se declare la inconstitucionalidad de los artículos que le otorgan estas dos competencias al jefe del Ministerio Público, citando en sus argumentos fallos de organismos internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
En sus argumentos se señala que el órgano de control disciplinario no tiene la capacidad jurídica para emitir sanciones en contra de aquellos funcionarios elegidos por voto popular, como es el caso de los senadores, representantes a la Cámara, gobernadores y alcaldes.
En este punto se pide que se declare la inexequibilidad de uno de los numerales establecidos en la ley 734 de 2002 considerando que vulnera los otros artículos de la carta política de 1991.
“En ese sentido la confrontación de una ley con un tratado internacional no puede dar lugar a una declaratoria automática de constitucionalidad o inconstitucionalidad, ya que es necesario, a su vez, interpretarla sistemáticamente con el texto de la constitución”, precisa uno de los apartes de la demanda.
La Corporación le envío una comunicación al presidente del Senado de la República con el fin de informarle el estudio de esta demanda en la cual, “si lo considera conveniente”, intervenga de manera directa o por un intermediario para que presentar su posición frente a este caso.
Igualmente se le comunicará en los próximos días al presidente de la República, Juan Manuel Santos; el ministro de Justicia, Alfonso Gómez Méndez y los magistrados del Consejo de Estado para que, si es su deseo, participen en este debate jurídico.