Mediante un comunicado de 11 puntos el excongresista José Elías Guerra de la Espriella rechazó las declaraciones hechas por el exmagistrado de la Corte Constitucional, Nilson Pinilla Pinila sobre el fallo de una acción de tutela instaurada en contra del fallo de 72 meses de prisión emitido por un juez sin rostro en su contra en abril de 1998 por el denominado proceso 8.000.
Según Joselito Guerra, como es conocido en el sector político, con sus declaraciones Pinilla Pinilla incurrió en varias faltas graves puesto que primero que todo debía haberse declarado impedido en el estudio de la acción de tutela que se estudió en el alto tribunal puesto que como magistrado de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia suscribió la resolución de medida de aseguramiento dentro del proceso que se le adelantó por enriquecimiento ilícito de particulares en concurso heterogéneo con el delito de falsedad en documento privado y estafa.
Para el exsenador se presentó una irregularidad en el alto tribunal quien desconoció el hecho de que las decisiones que toman los organismos internacionales como la ONU y la OEA tienen carácter vinculante y son de obligatorio cumplimiento y “que la acción de tutela es el único medio idóneo y eficaz para asegurar el cumplimiento de dichas decisiones, en este caso particular se aparte de su propia jurisprudencia a instancias del magistrado Pinilla, que como es claro actúa motivado por su propio interés y beneficio personal”.
En este punto aseguró que el entonces magistrado incurrió en una falla ética puesto que omitió de manera injustificada hacer un pronunciamiento de fondo sobre las recusaciones presentadas en su contra para que se apartara “del caso por su ostensible falta de imparcialidad”.
Igualmente aseguró que se faltó a una reserva del sumario ya que expuso detalles privados de la Sala en la cual se negó la acción de tutela, en la cual se hacía expresa referencia a una decisión del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que consideró que se había presentado una grave violación al derecho de defensa y al debido proceso por lo que se solicitó anular el fallo y efectuar un nuevo juicio con todas las garantías a un juez justo e imparcial.
“Resalta la mala fe del ex magistrado Pinilla Pinilla, que reiteradamente afirma ante los medios de comunicación, que su motivación al negar en la Corte Constitucional mi tutela, fue evitarle al Estado Colombiano el pago de una cuantiosa indemnización, cuando el objeto de la tutela no era el pago de ninguna reparación económica, sino la protección de mis derechos constitucionales al buen nombre, a la dignidad personal y al debido proceso”, precisa uno de los apartes de la decisión.
Para Guerra de la Espriella el entonces magistrado no tomó la decisión en su caso en derecho sino “por un evidente interés personal” para defender las irregularidades que se presentaron en la Corte Suprema de Justicia. “Aún hoy no ha sido comunicado, ni emitido fallo alguno en dicha acción de tutela, que tenga conocimiento, lo que hace más evidente y constituye una grave falta contra el debido proceso y el derecho de defensa, lo que no puede ser de recibo, viniendo de una persona que ha ocupado tan alta dignidad”.
Por esto anunció que pondrá esta situación en conocimiento del Comité de las Naciones Unidas “a sabiendas del grave daño que esto causa al prestigio, credibilidad y buen nombre de la Corte Constitucional, ante los estamentos internacionales que estudian y velan por la protección de los derechos humano (…) En las copiosas declaraciones entregadas por el magistrado Pinilla, no cabe duda de que el criterio de justicia por él aplicado no es otro distinto al de hacer prevalecer sus propios prejuicios e intereses, frente al deber que tiene todo juez de aplicar una recta y debida justicia”.