El fiscal General, Eduardo Montealegre Lynett reiteró que los expresidentes de la República no pueden ser investigados por el Tribunal Especial para La Paz que se creará en el marco del acuerdo de justicia transicional firmado por el Gobierno en el desarrollo del proceso de paz que se adelanta con la guerrilla de las Farc en La Habana (Cuba).
El jefe del ente investigador aclaró sin embargo que sí pueden ser investigados por acciones cometidas antes de asumir su presidencia como las graves violaciones a los derechos humanos «como el favorecimiento del paramilitarismo por acción y omisión».
«El Tribunal no tendrá competencias sobre las personas que tengan fuero constitucional especial. Los actos realizados por un expresidente, por ejemplo, durante el ejercicio del cargo tienen una garantía institucional consagrada constitucionalmente», explicó.
Falsos positivos
En su concepto se debe aplica un principio se selectividad a cada uno de los casos de los denominados «falsos positivos» para establecer sí pasan o no al Tribunal Especial para La Paz.
«Debido a la variedad de conductas que abarcan las ejecuciones extrajudiciales no es posible afirmar a priori que todas las ejecuciones extrajudiciales están relacionadas con el conflicto armado, por tanto se deberá examinar cada delito en concreto» indicó.
Ante esto se debe evaluar cada caso por separado y establecer sí existe la conexidad «exigido por el derecho internacional» para determinar sí tienen o no relación con el conflicto armado interno.
«En mi concepto no deben trasladarse automáticamente todos los casos de falsos positivos a la jurisdicción especial para La Paz», explicó en el marco de su intervención el Fiscal General.