Patricia Linares, presidenta de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), expresó hoy su tranquilidad por la decisión que tomó ayer la Corte Constitucional sobre la Ley Estatutaria que reglamenta ese sistema de justicia transicional. “Nos genera a los magistrados y a las magistradas y, en genera,l a todos los servidores de la JEP, mucha tranquilidad saber que ya el marco normativo está prácticamente completo”, expresó. (En contexto: Luz verde de la Corte Constitucional a la estatutaria de la JEP)
Esa tranquilidad, según la magistrada, también deberán sentirla las víctimas, los comparecientes, la sociedad y la comunidad internacional que ha estado atenta al desarrollo del proceso. “Tener ya la definición sobre aspectos que pueden ameritar interpretaciones diversas o contradictorias, frente a los operadores jurídicos, da mucha tranquilidad”, comentó. Y dijo que esta decisión despejará muchas dudas frente a los debates que se venían presentando.
Precisamente, uno de los puntos objeto de debate fue la extradición. La discusión se centraba en determinar si la JEP tenía la facultad para revisar si el delito por el cuál una persona pedida en extradición y que se acogió al proceso de paz, se cometió antes o después de la firma del Acuerdo. Al respecto, Linares comentó: “Si se llegara a concluir que la conducta por la cual se hace el pedido de extradición, que entre otras cosas se condiciona a que haya una solicitud formal de extradición, le corresponderá a la Corte Suprema de Justicia analizar si el aporte a la verdad de estas personas ameritaría eventualmente diferir una decisión de extradición o suspenderla”.
La magistrada Linares también se refirió al tema de los delitos sexuales. Según el magistrado ponente, Antonio Lizarazo, no era adecuada la norma que aprobó el Congreso de la República que decía que quienes cometieron delitos sexuales en contra de menores de edad, no podían acceder a los beneficios que otorga este sistema de justicia, sino recibir penas de la justicia ordinaria. Sin embargo, la Corte Constitucional tumbó esa norma al considerar que el Legislativo no tenía la competencia para fijar sanciones distintas a las ya establecidas en la reforma que creó el Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición. (Lea también: Delitos sexuales contra menores de edad entrarían a la JEP: ponencia en Corte Constitucional)
Sobre este punto, Linares comentó que ningun delito sexual que estudie la JEP va a quedar impune. “En ninguna circunstancia ese tipo de conductas ameritará ni amnistía ni renuncia a la persecución penal”, dijo. De otra parte, la magistrada celebró que la Corte Constitucional haya tumbado las inhabilidades que se habían creado para ser magistrado de la JEP, que consistían en no haber participado en los cinco años anteriores en casos en contra del Estado por reclamaciones de derechos humanos, Derecho Internacional Humanitario o al Derecho Penal Internacional cinco años atrás.
“Ya que la Corte Constitucional aclaró definitivamente el tema y haya dicho que esas inhabilidades que se incorporaron en el Congreso son inconstitucionales, pues despeja algunas inquietudes u observaciones de personas que pudieran tener algún tipo de cuestionamientos”, explicó la magistrada de la JEP. (Le podría interesar: Los peros de la Procuraduría a la ley estatutaria de la JEP)
La magistrada igualmente dejó claro que la JEP ya está trabajando en pleno y lo seguirá haciendo con la tranquilidad, según ella, de contar con un marco normativo que pone de presente cuál es el alcance de cada uno de los temas que causaron controversia.