Un grupo de ejecución de penas y medidas de seguridad de Bogotá aseguraron que no saben que hacer por el momento frente a las múltiples solicitudes de libertad de presentadas por guerrilleros de las Farc que se encuentran privados de su libertad en diferentes centros carcelarios del país.
Los funcionarios judiciales consideran que existe un vacío actualmente para aplicar la ley 1820 de 2016 (conocida como la ley de amnistía) puesto que no existe un tribunal especial que resuelva estas peticiones. Hecho por el cual han tenido que negar las peticiones.
«Nos asalta enormemente la preocupación en torno a la posibilidad de errores en que podemos incurrir, al otorgar los otorgar los efectos de esa normativa a personas ajenas a las filas de las Farc-EP o a pesar de su militancia, estén en oposición al proceso firmado con el Gobierno», precisó el juez Carlos Velásquez.
Consideran que la ley establece que es la Sala de justicia especial para La Paz la que debe resolver peticiones de libertad y otorgar las amnistías Sin embargo, está Sala no ha sido creada todavía hecho que dificulta el trabajo de los funcionarios judiciales cuando se enfrentan a este tipo de problemáticas.
A esto se le suma la inexistencia de «un secretario ejecutivo» para la jurisdicción especial para la paz y las autoriddes «a las que deben ser remitidas las actuaciones y suscritas diliencias del compromiso para la libertad condicionada» de los guerrilleros que suscribieron el acuerdo final.
La competencia, añaden, de los jueces de ejecución de penas «atañe exclusivamente» a los delitos políticos y conexos que establece la ley en sus artículos 15 y 16. Sin embargo, muchas de las peticiones allegadas hacen referencia a conductas delictivas distintas.
La jueza Shirley del Valle Albarracín aseguró que por el momento tampoco se han recibido las listas que debe entregar el Gobierno y las Farc para el establecimiento de su pertenencia, militancia o colaboración con el referido grupo insurgente.
«No existe el texto definitivo de dejación de las armas, que trata explícitamente el artículo 18 de la mencionada Ley, sin importar la situación jurídica del aspirante a ser beneficiado con mismas (privado o no de la libertad)», precisó la coordinadora de centros administrativos.
Los jueces de ejecución de penas cuestionaron las declaraciones del alto comisionado de paz, Sergio Jaramillo quien cuestionó la actitud de los funcionarios judiciales por no avalar estas peticiones. Consideran que las observaciones expuestas en la reunión del pasado 27 de enero no fueron tenidas en cuenta.
El miembro del equipo negociador del Gobierno en los diálogos de La Habana aseguró que son los funcionarios judiciales quienes deben actuar de la manera “más rápida posible” frente a los casos de amnistía.
En sus cuestionamientos consideró que no se puede citar la jurisdicción especial para la paz para tomar decisiones de fondo. “Estamos trabajando en el Gobierno para sacar un decreto aclarando precisamente como debe funcionar la aplicación de la ley de amnistía. Para quienes están en las cárceles no requieren de listados en principio”.