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Las redes sociales vs los derechos: A segundo round en la Corte

Una acción de tutela que interpuso el exconcejal de Bogotá, Hollman Morris promete abrir nuevamente el debate en la Corte Constitucional sobre el uso de las redes sociales y los derechos fundamentales.

11 de octubre de 2021 - 06:00 p. m.
Hollman Felipe Morris – Periodista y Politico
Foto: Jhon Jairo Ortiz Herrera - Cristian Garavito
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Una insistencia que llegó al despacho de la magistrada Cristina Pardo sirvió para que la Corte Constitucional seleccionara una acción de tutela que promete abrir nuevamente el debate sobre los derechos de los colombianos y las redes sociales. En esta ocasión, el protagonista es el exconcejal de Bogotá, Hollman Morris, quien vio vulnerado su derecho a la honra y buen nombre luego de que Álvaro Ninco lo señalara de “depredador sexual” en su cuenta oficial de Twitter. El político a través del documento pidió el amparo de sus derechos y la retractación sobre tal acusación. En primera instancia le dieron la razón, en segunda, la revocaron.

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Lo novedoso del caso es que, aunque el juzgado 22 de Bogotá amparó los derechos de Morris, el juzgado 44 penal del circuito no solo revocó la decisión emitida, sino que, además, cuestionó la procedencia de Morris al instaurar la acción de tutela. Básicamente, el despacho le dijo al político que le retiraba el respaldo que recibió en primera instancia porque, antes debía acudir a Twitter para solicitar la eliminación de la información que dejó consignada Ninco en su contra y el cual consideró que había afectación a sus derechos.

El despacho, en su decisión 12 páginas, consideró que no le corresponde fungir como juez frente a la manera en la que opera la plataforma porque ello violaría el principio de neutralidad en la red y podría terminar en riesgo de censura. Sin embargo, si estimó que a Twitter “le corresponde determinar si la información divulgada por el accionado (Ninco) corresponde a un mensaje falso que conlleva a la desinformación; si corresponde a contenido de odio o diseñado para denigrar al señor Hollman Morris; si lo términos utilizados por el accionado corresponden a epítetos abusivos que infringen las normas de la comunidad de Twitter, entre otros aspectos que definan si fueron quebrantadas las norma de la comunidad que rigen el uso de Twitter”.

En ese orden de ideas, la Corte Constitucional al analizar el caso le solicitó a Twitter Colombia responder dos preguntas, que, a su juicio, servirán para desenmarañar este caso. El alto tribunal pidió información sobre las políticas de privacidad que tiene la plataforma y, además, si esta red social tiene habilitada una opción para que sus usuarios presenten reclamaciones respecto de la verificación de las opiniones o la información que es divulgada en la red. Entre otras cosas, solicitó a la Fundación Karisma y a Dejusticia revelar los conceptos sobre los límites de la libertad de expresión en internet.

Para el abogado, Iván Darío Hernández que defiende los intereses de Morris, es inconcebible que un asunto de derechos fundamentales tenga que ser resuelto por una política de privacidad de una red social. El constitucionalista y el exconcejal coinciden en que si bien la Corte, en sentencia de 2019, zanjó un debate que fijó unas reglas sobre la libertad de expresión en redes sociales, estiman necesario que se lleve un estudio no solo por la afectación a los derechos sino también para que exista una retractación por parte de la persona que los quebrantó.

La hipótesis de Morris y su abogado es que el juzgado tuvo que revisar que, en efecto, se le restableciera sus derechos afectados, pero, por el contrario, a su juicio, el despacho basó su análisis en los trámites que rindieron para llegar a la acción de tutela. “Para el Juzgado, el hecho de no acudir de manera previa al Twitter para solicitar el retiro de tales tuits fue determinante para no estudiar un asunto de fondo que, incluso hoy, tiene vigencia: el señor Álvaro Moisés Ninco Daza no ha restablecido mis derechos fundamentales al buen nombre y a la honra, pues no ha rectificado sus dichos a través de una disculpa pública en Twitter”, dijo Morris en la insistencia que allegó al despacho de la magistrada Pardo.

Para el político está claro que el restablecimiento de sus derechos no lo conseguirá acudiendo a Twitter, ya que sus políticas no contemplan esa posibilidad de retractación. Aunque el exconcejal y su abogado tienen claro que lo que podría hacer la red social es eliminar la información que, de alguna forma atacó a un usuario de esa red, están seguros de que los únicos encargados del restablecimiento de sus derechos son, a través de la acción de tutela, con los delegados de la Rama Judicial.

Morris con su petición, además de sentar nuevas reglas para el uso de las redes sociales y la estrecha relación que existe con los derechos humanos, solicita que Ninco aclare que el político no es responsable de las acusaciones que lo han dejado mal parado en sociedad y ha afectado el desarrollo con su familia y conocidos. Sobre la investigación penal, en este caso, la Fiscalía le archivó el proceso al político.

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