La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia negó la nulidad presentada por la defensa de la excongresista Nancy Patricia Gutiérrez en el proceso que se le adelanta por las llamadas ‘chuzadas’, al considerar que no existe una violación al derecho del debido proceso ni violación a los derechos fundamentales como los exponía la solicitud.
Acto seguido, el alto tribunal decretó las pruebas dentro del proceso que se adelanta contra Gutiérrez por presuntamente haber solicitado información privilegiada y de manera irregular al DAS sobre los viajes y movimientos en 2006 de la entonces senadora Piedad Córdoba en unos foros que se realizaron en México.
Entre los nombres más importantes en la lista de testigos se encuentran la de la ex subdirectora de operaciones del organismo de inteligencia Martha Inés Leal, quien habría sido la persona encargada de haberle el “paquete” con la información sobre los seguimientos a Piedad Córdoba con el fin de que realizará un debate de control político a la senadora liberal por sus continuos viajes, de los cuales no habría presentado explicación alguna.
Y es que según la información recolectada hasta el momento, la expresidente del Congreso habría recibido personalmente esta documentación por parte de Marthal Leal por orden expresa de la entonces directora del DAS María del Pilar Hurtado.
Ante esto, la defensa de Nancy Patricia Gutiérrez solicitó que las compañías de telefonía móvil entreguen información sobre los registros de las llamadas telefónicas que se realizaron en las fechas mencionadas sobre las reuniones, “con el fin de establecer las fechas” y confirmar si en verdad la exfuncionaria del DAS le entregó dicha información en un sitio privado.
Igualmente se llamaron como testigos al exdirector del DAS Felipe Muñoz, y a los excongresistas Héctor Elí Rojas y Martha Lucia Ramírez.