La fiscal 19 de Derechos Humanos, María Cecilia Jaimes, advirtió la improcedencia de la petición de libertad de cinco de los militares involucrados en la ejecución extrajudicial de dos jóvenes de Soacha, Cundinamarca, debido a la vigencia de otra medida de aseguramiento instaurada por una seccional de la capital norte santandereana por el mismo hecho relacionado con otro crimen denominado ‘falso positivo’.
Por otra parte, Pedro Condía, abogado de los militares envueltos en las ejecuciones extrajudiciales denominadas en Colombia como ‘falsos positivos’, atribuyó a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura la mayor responsabilidad por las demoras en los procesos que enfrentan sus defendidos.
Señaló que pasaron más de 40 días entre el conocimiento de la impugnación por la competencia territorial del juez que asumió el caso y la decisión final de la Judicatura, que se abstuvo de pronunciarse de fondo.
Informó que la Sala Disciplinaria dejó pasar trece días para notificar a las partes, lo cual se evidencia en la fecha de radicación de la comunicación en la que se expresa públicamente a los intervinientes cuál fue su actuación, el 14 de octubre de 2009, cuando la decisión fue tomada el 21 de septiembre del mismo año.
De allí que manifieste la carencia de dilaciones y maniobras encaminadas a tal fin por parte de los defensores , argumentando el por qué de la solicitud de libertad de los procesados, por vencimiento de términos, toda vez que han pasado 180 días desde la presentación del escrito de acusación, fechada el 6 de agosto de 2009.
Sostuvo que es el doble de tiempo que la ley le otorga al juez de conocimiento para iniciar la etapa de juicio, tras la presentación formal de la acusación por parte de la Fiscalía General de la Nación.