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Procuraduría citó a juicio disciplinario a involucrados en muerte de niño en «curso bomberitos»

Los hechos tuvieron lugar el 30 de junio de 2015 en la estación de bomberos de Kennedy.

11 de diciembre de 2015 - 09:46 a. m.
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La Procuraduría General citó a juicio disciplinario a tres bomberos de la estación de la localidad de Kennedy por su presunta responsabilidad en los hechos que rodearon la muerte de un niño de siete años en el “curso de bomberitos” el pasado 30 de junio.

El pliego de cargos indica que el jefe de la estación de bomberos no habría garantizado las medidas mínimas de seguridad, ni habría informado a Unidad de Gestión del Riesgo sobre la actividad recreativa en la piscina, la cual no estaba incluida en el programa de bomberitos.

Para el Ministerio Público consideró que no existe evidencia que permita verificar la existencia de una comunicación dirigida a la Unidad de Gestión del Riesgo, como tampoco de la aprobación de esta oficina para realizar la actividad.

El teniente bombero José Gonzalo Dueñas, en su calidad de jefe de bomberos y el cabo bombero Javier Hernando Restrepo Cuellar, coordinador del curso de bomberitos durante el primer semestre de 2015 habría realizado la mencionada actividad recreativa sin tener en cuenta las medidas mínimas de seguridad de piscinas establecidas en la ley.

Además no habría informado a la Unidad de Gestión del Riesgo para su realización, así como sin cerciorarse de tener el personal de rescate salvavidas suficiente que estuviera atento del cuidado de la piscina y de los menores de edad.

La Procuraduría también le formuló pliego de cargos contra Ana Carolina Muñoz Ordóñez, quien habría violado las normas mínimas de seguridad de piscinas, porque al parecer participó en esta actividad sin tener en cuenta las medidas mínimas de seguridad.

Pese a que era salvavidas acreditada, no portaba el distintivo que facilitara su visualización dentro del área de la piscina y tampoco se evidencian flotadores circulares con cuerda y un bastón con gancho en ese lugar.

La falla fue calificada provisionalmente la responsabilidad subjetiva a todos los disciplinados como grave, realizada a título de culpa gravísima.

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