El decreto estipula también que sean penalizadas las personas no devuelvan en dinero captado de forma ilegal a los que hayan hecho inversiones.
El Ministerio Público pide que se tenga en cuenta "el grave daño social que dicha actividad genera por lo que se hace necesario hacer más severas y proporcionales las consecuencias punitivas de la conducta".
Con la modificación de la norma se redosificó la pena pues se pasó de una entre 32 y 108 meses de prisión a una de entre 120 a 240 meses. De esta forma se estableció una pena de 96 a 180 meses los que hayan captado dinero y no los reintegren.
"El propósito de impedir la extensión de los efectos generados por el ejercicio ilegal de la actividad financiera contribuye a la eliminación de los factores de riesgo de la inversión privada e implican, para los afectados, una posibilidad adicional en la recuperación de los recursos invertidos por cuanto la acción de las autoridades encargadas de perseguir el delito se extiende a la totalidad de los integrantes de las redes comerciales que se constituyen para tal fin y a la consecuente incautación de dineros y bienes de esas organizaciones", dijo la Procuraduría mediante comunicado.