La Procuraduría interpuso una acción de tutela ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) para buscar que las decisiones que emita ese sistema de justicia transicional en casos de extradición se puedan apelar. El recurso fue presentado contra la Sección de Revisión que resolvió que las decisiones tomadas en estos trámites no admiten recurso de apelación.
Las razones del Ministerio Público para interponer la tutela tienen que ver con la decisión que tomó en el caso de Pedro Luis Zuleta Noscué, un exintegrante de las Farc que fue solicitado en extradición por las autoridades de Estados Unidos. Zuleta Noscué, indígena de la comunidad Nasa de norte del Cauca, perteneció al Sexto Frente las Farc y llegó a ser su jefe de finanzas. El indígena se desmovilizó con ocasión de los Acuerdos de Paz.
Según la Procuraduría, en abril de este año Zuleta Noscué radicó una solicitud ante la JEP para que su caso fuera priorizado, se definiera su situación jurídica y se le aplicara la garantía de no extradición consagrada en las normas de los Acuerdo de Paz. El 28 de agosto, la Sección de Revisión avocó conocimiento del proceso y estudia si en su caso aplica la garantía de no extradición.
El Ministerio Público aseguró que, al no poder interponer el recurso de apelación, se impide la posibilidad de una segunda instancia. Un derecho que, a juicio del órgano de control, se encuentra ligado al acceso a la administración de justicia. El órgano de control también citó la garantía judicial que tienen todas las personas para que sus casos sean conocidos por una instancia judicial diferente.
“La prerrogativa de que el caso del ciudadano que acude a la administración de justicia sea revisado por otro juez, preferiblemente de mayor jerarquía, tiene la doble naturaleza de garantía y derecho”. Esta es la primera tutela que presentó el Ministerio Público frente a decisiones de esta jurisdicción y deberá ser fallada por la Sección de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad.