La alta corporación ordenó a la empresa de energía que en un término de dos días reconecte el servicio y que efectúe la liquidación de las tres primeras facturas que no se habían pagado.
El 5 de julio de 2006 Roa Escobar compró una casa que era rematada por el Juzgado 18 Civil Municipal de Barranquilla. El inmueble, ubicado al norte de la ciudad, pertenecía a Luis de las Salas Mejía, quien desde agosto de 1998 no pagó un solo recibo de luz.
Cuando supo del millonario cobro la ciudadana interpuso un derecho de petición ante Electricaribe para que le refinanciaran la deuda, pero la empresa se opuso a cada una de las pretensiones y le cortó la luz. La Corte le concedió la razón a Berlyz Roa porque existe una estrecha relación entre los servicios públicos domiciliarios, los valores, principios y derechos de la Constitución.