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Primera querella por violencia sexual durante dictadura chilena

Cuatro mujeres que sufrieron vejaciones sexuales en los centros de detención durante el régimen de Augusto Pinochet le pidieron a la justicia resolver su caso.

01 de diciembre de 2014 - 08:23 p. m.
Augusto Pinochet
Foto: EFE - Eduardo Beyer
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Eran conocidos como la Venda Sexy, Londres 38, Tejas Verdes, La Discotéque y Villa Grimaldi. Centros de detención que mantuvo la DINA (Dirección de Inteligencia Nacional) durante el régimen de Augusto Pinochet en Chile. En estos lugares funcionaban en horario de trabajo: después de las cinco de la tarde no se torturaba y las normas se relajaban, de acuerdo con la voluntad de los guardias. Tenían música ambiental permanente y los métodos de tortura usados acá se diferenciaban de los aplicados en otros recintos, pues se enfatizaba en las vejaciones sexuales. Era común que una mujer detenida que fuera llevada a estos centros fueran violadas por parte de los guardias y agentes. Según investigaciones, los varones también fueron víctimas de abusos.

Nieves Ayress Moreno, Alejandra Holzapfel, Soledad Castillo y Nora Brito fueron cuatro víctimas de esas vejaciones hace cuarenta años y se unieron para presentar la primera querella por violencia política sexual durante el régimen chileno. «Vamos por buen camino», le dijo a Efe Holzapfel, Las cuatro querellantes dejan en manos del magistrado Mario Carroza la decisión de acoger la querella que podría presentar el primer precedente de castigo a los delitos por uso de violencia político sexual en el país austral.

Estos crímenes aún no están tipificados en el Código Penal de Chile bajo el concepto de tortura sino bajo la calificación de «apremios ilegítimos», motivo por el cual muchos criminales han logrado eludir a la Justicia. «La violencia política sexual y la tortura son dos crímenes diferentes, por lo que queremos que en este país se incorporen estos delitos al código penal y los responsables puedan ser castigado», sostuvo Holzapfel. La presentación de esta querella se produjo justo después de que el presidente de la Corte Suprema de Chile, Sergio Muñoz, indicara durante un encuentro sobre esta materia que la Justicia chilena está «al debe» ante los casos de tortura registrados durante la dictadura y señalara que la Justicia debe investigar los delitos de connotación sexual ocurridos en la época.

Estas palabras fueron muy bien recibidas por Holzapfel, para quien manifestaciones como estas demuestran que sus demandas «quizás hayan sido escuchadas». «Nuestro objetivo es que los jóvenes que hoy día salgan a manifestarse no sean objeto de violencia política sexual», manifestó Holzapfel, quien está convencida de que las evidencias apuntan que sus causas van «por buen camino». Después de su ratificación, Ayress Moreno acudirá al Instituto Médico Legal para que le realicen estudios psiquiátricos y clínicos que determinarán el daño que los delitos causaron a la víctima.

Ayress Moreno impulsó junto a su madre acusaciones en Chile y en diversas tribunas internacionales, donde denunció la aplicación de la violencia política sexual que sufrían particularmente las mujeres en los campos de secuestro y tortura de Pinochet. Moreno ha estado en diversas tribunas internacionales denunciado la aplicación de violencia política sexual que sufrían las mujeres en los campos de secuestro y tortura de Pinochet.

Varios grupos han debatido la diferencia entre violencia sexual y tortura. Múltiples informes, a nivel nacional e internacional, han abogado por el reconocimiento de la violencia sexual, especialmente en contextos de conflicto armado o violencia doméstica, como tortura y por ello merece ser juzgada de acuerdo con ese crimen internacional. Sin embargo, desde las filas del feminismo, hay resistencia. Clare McGlynn, experta en el tema, escribió un artículo en el que explica que si la violación sexual se incluye dentro de la tortura podría confundir el carácter de género que hay detrás de dichas conductas.

En la mitad del siglo XX hubo un gran movimiento para incorporar y definir las conductas violentas sexuales como infracciones graves a los Convenios de Ginebra, así lograba visibilidad e imponía obligaciones internacionales como la persecución y juzgamiento de los perpetradores.

El caso Celibici (Campo de prisioneros en Yugoslavia 1998) estableció que la violación sexual constituía una discriminación contra la mujer, algo que encuadraba dentro de la tortura, de acuerdo con la Convención contra la Tortura de 19084. Ese año, el tratado que dio origen a la Corte Penal Internacional recogió en su articulado conductas que generan responsabilidad criminal, no sólo la violación sexual sino toda la violencia sexual, esclavitud, prostitución forzada, embarazo forzado, entre otras.

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Según la denuncia radicada el lunes 1 de diciembre en Chile, los hechos y sus consecuencias deben tomar en cuenta que las mujeres se vieron afectadas por los actos de violencia de manera diferente a los hombres, con actos específicamente dirigidos a ellas. «Que por las circunstancias políticas vividas en el país y las urgencias en el tema de violaciones a Derechos Humanos no ha podido cumplirse hasta ahora estas investigaciones, lo que a través de esta querella abre una luz para remediar la situación y su tramitación, dando cumplimiento a una obligación internacional que Chile no ha cumplido aún. Por la naturaleza y el carácter del delito, los hechos denunciados revisten hechos delictivos condenados como agresión sexual tanto por la legislación nacional, como por la internacional en acuerdos ratificados por Chile, calificados como violaciones graves a los derechos humanos, no pueden ser objeto de prescripción o amnistía, siendo obligación estatal investigar y reprimir estas conductas».

En la actualidad, las distintas expresiones de violencia sexual contra las mujeres ocurridas en conflictos armados o en periodos de dictadura son consideradas como delitos de lesa humanidad y una violación de los derechos humanos.
 

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