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Minería y democracia: el peso del voto en Piedras

02 de agosto de 2013 - 06:00 p. m.

Las consultas populares sobre desarrollos minero-energéticos, como la realizada en Piedras, Tolima, donde el 99% votó “no”, es un tema de la mayor trascendencia jurídica, ambiental, económica y social. El debate está tan o más caliente en los Estados Unidos y en muchos otros lugares de América Latina.

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Este tema tiene una dimensión adicional resultante de los tratados de libre comercio, en especial por las cláusulas que protegen la inversión extranjera. Recién adoptado el Nafta, cuando en México se le negó el permiso ambiental a una planta de tratamiento de residuos propuesta por una firma norteamericana, el Estado mexicano tuvo que pagarle una indemnización de US$16 millones a la compañía. Los TLC han evolucionado para aclarar la aplicación de las normas ambientales, pero no lo suficiente como para prever situaciones más complejas, como la que se está gestando en el Tolima.

En el caso de Piedras, de tradición agrícola y por tanto dependiente de las aguas superficiales, la consulta popular responde a la propuesta de la multinacional sudafricana Anglo Gold Ashanti para realizar parte del tratamiento y lavado de materiales provenientes de la explotación minera aurífera denominada La Colosa, en Cajamarca, otro municipio del Tolima. Los materiales tendrían que atravesar todo el municipio de Ibagué, que está en la mitad. Para adelantar el lavado de los materiales es necesario contar con agua y disponer de los vertimientos y desechos.

La cuestión clave es: ¿puede un municipio realizar consultas o adoptar planes sobre el desarrollo económico dentro de su territorio, que estimulen o limiten actividades mineras sin interferir indebidamente con la autoridad productora o ambiental del orden nacional? La respuesta debe ser afirmativa porque de lo contrario quedaría truncada la función principal de los entes territoriales. La sigue otra: ¿hasta dónde reconocer la voluntad mayoritaria de la comunidad sobre temas relacionados con la minería? La clave parecería estar en que el municipio se abstenga de regular actividades mineras de exploración y explotación, o de prohibirlas.

Lo fundamental es definir el problema acertadamente en sus múltiples dimensiones. No se trata de determinar la propiedad de los recursos mineros, pues está clara la propiedad de la Nación sobre el subsuelo. Tampoco se trata de delimitar las zonas donde se pueden realizar actividades de exploración y explotación de dichos recursos, pues es evidente que las determina la Nación. Tampoco se trata de definir cómo se deben realizar dichas actividades, pues la competencia ambiental está claramente definida entre el Ministerio de Ambiente y las corporaciones y autoridades locales respectivas.

Falta por reconciliar el ordenamiento minero-energético con el ordenamiento territorial y con los mecanismos de participación. Según la Constitución, al municipio como entidad territorial fundamental del Estado le corresponde guiar su desarrollo económico y social y promover la participación. Los departamentos tienen autonomía para la planificación y promoción del desarrollo económico y social dentro de su territorio. Por otra parte, la consulta popular es la institución mediante la cual una pregunta de carácter general es sometida a consideración del pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto.

El 99% de los votantes en Piedras rechaza la idea de convertirse en un centro de lavado de oro y quiere mantener la vocación productiva tradicional y agrícola del municipio. Asimismo, la población se manifiesta en contra de utilizar los recursos hídricos para proyectos mineros de gran escala, pues se amenaza la oferta hídrica. Así le saque la piedra a algunos, estas cuestiones parecerían estar directamente relacionadas con el desarrollo económico y social del municipio y deberían ser tenidas en cuenta en el momento de considerar los permisos ambientales correspondientes.

 

*Víctor M. Tafur

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