El Departamento Nacional de Planeación distinguió al Departamento del Atlántico como la entidad territorial de mejor desempeño fiscal en el país durante el año 2007, por segundo año consecutivo. Pero el senador Name, en declaraciones a este diario, afirmó que los resultados de las finanzas del Departamento del Atlántico habían sido sometidos a maquillaje para tapar la situación financiera del departamento.
El senador Name extrae unos comentarios aislados del último informe sobre la viabilidad fiscal de los departamentos, publicado por la Dirección de Apoyo Fiscal –DAF—, para convertirlos en una diatriba grosera que refleja más amargura que conocimiento contable. El referido informe confirma que el Departamento del Atlántico en 2007 cumplió con holgura los compromisos de la ley 617, generó superávit en todas las cuentas del balance, los gastos estuvieron dentro de los límites legales, sus ingresos propios aumentaron 24% y la inversión se incrementó en 65%.
Lamentablemente, el documento de la DAF contiene apreciaciones equivocadas sobre el tratamiento que se les debe dar a las reservas presupuestales y a los desembolsos de créditos otorgados y a partir de allí incurre en incoherencias e interpretaciones erróneas de la ley y de conceptos básicos en materia de finanzas públicas.
Así, el saldo de la deuda financiera asciende a $38.098 millones y no a $86.104 como lo afirma la DAF en su informe. El error se origina en que se le suman al departamento los $31.006 millones que la Nación aportó para la reestructuración de los hospitales mediante un crédito condonable, que se amortiza anualmente con el cumplimiento de indicadores de gestión. Solamente en caso de incumplimiento se genera la obligación financiera, por lo que es incorrecta la contabilización realizada por la DAF, y va en contravía de lo expresado en el artículo 54 de la Ley 715 de 2001, sobre la forma de contabilizar esta clase de créditos.
Igualmente se equivoca la DAF cuando suma $17.000 millones de una deuda del CARI, donde el departamento no es codeudor, ni garante, ni tiene responsabilidad alguna, ni solidaria, ni subsidiaria.
En cuanto al rubro de ingresos es evidente la contradicción en que incurre la DAF, como quiera que en la página 90 reconoce que los $83.018 millones que se incorporaron en 2007 como recursos del balance corresponden a saldos en caja al cierre de 2006 —lo que es cierto— pero en la siguiente página dice que $18.021 millones, que hacen parte de los $83.018 millones, no se recaudaron.
De otro lado, el informe desconoce que la incorporación de los recursos del balance cumplió con las obligaciones derivadas de lo establecido en los artículos 11 y 31 del Decreto 111 de 1996, Estatuto Orgánico del Presupuesto en Colombia, que establece que el presupuesto de rentas incluirá los recursos del balance y los provenientes de créditos con plazo mayor a un año.
El cuestionamiento formulado por la DAF a la incorporación de un crédito por $14.000 millones en la vigencia 2007, por haber sido contratado en 2006, desconoce que los grandes proyectos de inversión usualmente tienen una ejecución plurianual y que, cuando se contrata crédito para financiarlos, lo sano fiscalmente es ir solicitando desembolsos en la medida en que se vayan requiriendo, de tal manera que, los recursos del mismo pueden ingresar en un año posterior al de su contratación.
Resulta absurdo el razonamiento que hace la DAF al pretender que los activos líquidos de una entidad, que representan el 36% de los activos corrientes, sean suficientes para cancelar la totalidad de los pasivos corrientes. La relación que procede es comparar activos corrientes contra pasivos corrientes, la que arroja que por cada peso que debe pagar el departamento en un plazo inferior a un año, dispone de $2,70 de activos corrientes.
No podemos compartir la forma de calcular el superávit presupuestal, ignorando el principio de unidad de caja previsto en el artículo 16 del Estatuto Orgánico de Presupuesto, el cual dispone que con el recaudo de todas las rentas y recursos de capital (que incluyen los recursos del balance) se atenderá el pago oportuno de todas las apropiaciones presupuestales (gastos).
De otra parte, no es procedente el cálculo de indicadores de solvencia y sostenibilidad de la deuda de manera distinta a lo que establecen la ley y los reglamentos. Lo que aparece en el informe como “un cálculo más realista de la capacidad de pago”, constituye una apreciación desacertada que carece de todo fundamento legal. Con los datos reales, el indicador de solvencia muestra que el ahorro operacional cubre 55 veces los intereses de la deuda, y el de sostenibilidad indica que los ingresos corrientes del 2007 cubren 13 veces el saldo de la deuda a diciembre del mismo año, un récord difícilmente igualado por cualquier otro departamento del país.
La evaluación más rigurosa que se le ha hecho al Departamento, es la de las entidades financieras que nos brindaron su confianza, aprobándonos todos los créditos que solicitamos y en especial en el año 2007, cuando se recibieron ofertas de los bancos por más del doble del valor que se requería, hecho que a su vez confirma la autonomía del departamento para contratar empréstitos. Los bancos cuidan la plata con mucho mejor criterio que aquel con el que la han cuidado o pretenden cuidarla algunos personajes bien conocidos, pero no siempre bien intencionados, de la región.
Ezequiel Paladines. Ex Secretario de Hacienda de la administración de Carlos Rodado. Barranquilla.
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