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El Estado de derecho, en vilo

09 de abril de 2020 - 12:00 a. m.

Atender las necesidades de los ciudadanos en situaciones de crisis es prioritario. Para esto los gobiernos pueden acudir a medidas extraordinarias y de emergencia que les permitan actuar con mayor celeridad y eficacia. Sin embargo, esto puede poner en riesgo los fundamentos de la democracia.

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En medio de esta situación, ha surgido el debate sobre la viabilidad y conveniencia de que el Congreso de la República sesione virtualmente. Para algunos, este es un debate irrelevante; para otros, busca entorpecer el accionar del Gobierno, e incluso hay quienes han planteado en redes sociales que se debe aprovechar esta coyuntura para cerrar el Congreso.

Esta no es una discusión inocua. Los pesos y contrapesos y el equilibrio entre los poderes públicos son el corazón de los sistemas democráticos. Constituyen una barrera contra los abusos de poder y la utilización de las facultades de unos u otros con fines ajenos al interés general.

Es inaplazable que el Congreso comience a sesionar a la mayor brevedad y ejerza las funciones legislativas y de control político que establece la ley. A pesar de la oposición de algunos congresistas, de la falta de claridad sobre cómo proceder en uno u otro caso y del temor de que las decisiones puedan acarrear acciones judiciales, los argumentos a favor de las sesiones virtuales parecen ser los más acordes con las urgencias del país.

El Legislativo tiene la obligación de sesionar. Debe ejercer el control político a los decretos de emergencia económica, que hasta ahora son más de 30, cifra que seguramente aumentará en las próximas semanas. Si el Congreso no sesiona, no podría pronunciarse sobre la declaratoria del estado de excepción 10 días después del cese del estado de excepción, como lo establece la Constitución, y el Gobierno se quedaría sin facultades para promulgar decretos legislativos una vez termine el estado de emergencia, que dura máximo 90 días. Por otra parte, se hundirían varios proyectos de ley claves que prevén medidas fundamentales para mitigar el impacto de la pandemia en sectores vulnerables.

Quienes se oponen a esta medida afirman que, por no estar expresamente contemplada, sería inconstitucional. No obstante, numerosos juristas, más de 100 profesores de derecho de todo el país y la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República han rebatido este y otros argumentos. Entre otras razones, porque situaciones excepcionales como la actual exigen medidas igualmente excepcionales. Además, cuando se hizo la Constitución de 1991 no estaba en el panorama el uso de esta tecnología.

Por último, la opción de sesionar presencialmente, como lo propuso el presidente del Senado, tiene tantos o más riesgos que hacerlo de forma virtual. Los congresistas tendrían que transportarse por tierra desde sus lugares de origen, no podrían reunirse más de 50 personas en los recintos y se pondría en peligro no solo su salud sino la del personal de apoyo. Y los congresistas mayores de 70 años no podrían asistir.

Nota. Mientras los gobiernos buscan un balance entre la salud de las personas y la salud de la economía, algunos medios de comunicación privilegian las ganancias sobre la libertad de expresión. Extrañaremos a Daniel Coronell y a Daniel Samper.

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