PARA LOGRAR QUE LOS IMPUESTOS tengan efecto redistributivo del ingreso, porcentualmente deben ser mayores para quienes más tienen o más ganan.
Este postulado, casi axiomático, aplicado por casi todos los gobiernos, fue desconocido en las reformas tributarias de la administración Uribe, las cuales hicieron que los grandes capitales tributaran porcentualmente menos que los pequeños. Se crearon las zonas francas uniempresariales, las exenciones por inversiones, y se redujo el impuesto de renta a los más ricos a menos 12%, al tiempo que se mantuvo el 33% para las actividades, que por su tamaño no accedieron a los regalos fiscales.
El impuesto al patrimonio es progresivo, pero tiene una discontinuidad que estimula tomar decisiones no “óptimas” para el fisco. Los capitales, descontada la inversión en sociedades, menores de 3.000 millones, no pagan impuesto al patrimonio, pero si se excede en un peso paga $72 millones, el 2,4%. Así, quienes tengan patrimonios por ejemplo entre $3.000 y $3.500 millones tienen incentivo en invertir en cualquier sociedad, independiente del resultado económico, pues evitan pagar el impuesto. Otra discontinuidad aparece en el límite de los $5.000 millones de patrimonio neto, un capital de un peso menos de $5.000 paga $120 millones, pero por un peso más pagaría $240 millones. Es claro el incentivo para invertir o crear cualquier sociedad.
La revista The Economist trae a colación ejemplos macabros fruto de las discontinuidades impositivas. En 2001 se redujo, en Estados Unidos, el impuesto a la herencia del 55% al 45%, y se exceptuó de ese pago a las herencias inferiores a US$3,5 millones, este “alivio” a los dolientes tiene plazo hasta 31 de diciembre de 2010. Puede especularse sobre la angustia de los herederos de un enfermo terminal y acaudalado si la medicina le prolonga la vida más allá del 1 de enero de 2011. Los alegatos a favor de la eutanasia y a rechazar medidas heroicas que sólo prolongan el sufrimiento, con seguridad se harán más comunes.
Existen evidencias empíricas de que los impuestos sucesorales pueden modificar en algunos días las fechas de muerte. En Suecia se redujo el impuesto a la sucesión de quienes murieron después del 1 de enero de 2005, se encontró que la probabilidad de morir en esa fecha fue el 10% mayor que morir el 31 de diciembre de 2004. El estudio fue realizado por la Universidad de Upsala.
Algo similar ocurrió en Australia, cuando en 1979 se redujo el mencionado impuesto y se encontró que la mitad de las personas con patrimonios gravables se las arreglaron, o lo hicieron sus herederos, para morir en la semana siguiente a la fecha límite. En Suecia y Australia, a diferencia de EE.UU., el sano “interés” de los dolientes era aplazar unos días la muerte del ser querido. Puede pensarse que los argumentos eran del tenor: “Haremos todo lo posible e imposible para tenerlo entre nosotros así sea unos días más”.
Si los legisladores recordaran la aritmética de su bachillerato, que les enseñó la existencia de gráficos lineales o de curvas simples, evitarían estas molestas situaciones. Si no confundieron el tanto por uno con el tanto por ciento, impediría la posibilidad de una enorme elusión impositiva, que se desprende del texto de un artículo de la reforma del año 2006.
*Rector Universidad Jorge Tadeo Lozano.