Es francamente sorprendente la naturaleza de algunas de las recomendaciones que, con ocasión de su elección, he visto le han hecho en los últimos días al nuevo fiscal general de la Nación.
Y son al menos extrañas porque ellas no se limitan a reiterar la necesidad de que el nuevo funcionario acometa acciones de manera decidida contra la corrupción o la delincuencia organizada, sino que, por ejemplo, se le pide que acuse o solicite la detención de tal o cual persona, como prueba de su fidelidad a la lucha contra el crimen.
Como yo no hago parte de aquellos a quienes les gusta condenar desde la opinión, y pienso que lo mejor es que el nuevo fiscal tome el control, conozca y profundice sobre cada caso y obre en consecuencia de los hechos y conforme a su criterio jurídico —del cual hay probadas muestras de excelencia—, tan sólo quiero proponerle tres temas que creo importantes para hacer de nuestra justicia un sistema más eficaz, transparente y objetivo. Se trata de la aplicación de la medida de aseguramiento, del principio de oportunidad y del testimonio como elemento material probatorio.
En relación a la medida de aseguramiento hay que decir que ésta ha dejado de ser un instrumento preventivo y excepcional para convertirse en una sanción anticipada que viola la presunción de inocencia. Se ha perdido el rigor para verificar los requisitos fácticos y jurídicos señalados por la ley para su imposición y se ha evaluado ligeramente su necesidad y proporcionalidad. Sus infundadas solicitud y aplicación han logrado incluso obtener aplausos de la galería en algunas audiencias y protestas airadas por parte de quienes consideran inaceptable que su cumplimiento se presente en lugar diferente a establecimiento carcelario, asimilando esta medida con la pena.
La aplicación del principio de oportunidad también merece una profunda revisión, empezando porque, de acuerdo con nuestra Constitución, éste no puede aplicarse por fuera del marco de la política criminal del Estado. Y lamentablemente en su ausencia, este instrumento se ha convertido en el atajo favorito para obtener en un fast-track autoincriminaciones y rebajas de delitos como consecuencia de testimonios sospechosos en contra de toda clase de individuos. Esta técnica de negociación, así como resulta importantísima en particulares escenarios de lucha contra la criminalidad, puede también convertirse, por falta de control, en la vía rápida hacia la arbitrariedad, con ocasión de la condena de los inocentes a través de testimonios inducidos por la presión o el afán de libertad.
Por último, respetuosamente sugiero al nuevo fiscal revisar también el valor que al testimonio puede dársele al interior del proceso penal. En nuestro medio, los delincuentes han sabido aprovechar la disputa política para construir protagonismos malintencionados y enlodar a unos y otros de acuerdo al asunto y la coyuntura. En muchos casos, sin aportar más elementos materiales probatorios que soporten sus palabras, terminan enredando a gente honrada que luego ya no tiene espacio para defenderse ni para recuperar su nombre o credibilidad.
Así que ánimo señor fiscal, que no sólo debe luchar contra la criminalidad, sino también impulsar reformas sustanciales en la manera de enfrentarla.